¿Hay algún artículo que obligue al administrador de nuestra comunidad a darnos todos los papeles de la obra del edificio?

Nos están rehabilitando nuestra comunidad poniendo ascensor, electricidad, etc. Está habiendo algunos problemas y contratiempos que no nos convencen algunos vecinos y quería saber si es obligatorio que él admitrador nos facilite todos los papeles relacionados con la obra como proyecto, certificaciones, planos, contratos empresa etc. Ya que cuando le pedimos información se hace el loco y quería saber si hay algún artículo que le obligue para Mandarle un burofax. Y si se lo puede pedir cualquiera aunque no sea el presidente.

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El Administrador no está obligado a atender las peticiones individuales de los vecinos. El Administrador debe responder ante la Junta de Propietarios y ante su representante, que es el Presidente.

En cuanto a la obligación de proporcionar la documentación solicitada, en efecto, existe. El Administrador únicamente trabaja para la Comunidad, pero los documentos PERTENECEN a la Comunidad, no a su Administrador. El Administrador (Secretario) custodia la documentación y la debe proporcionar cuando así se le solicite.

Gracias, ¿pero entonces cuál es la mejor manera de solicitar copias de esta documentación? Por parte de los vecinos que quieren dicha documentación. Ya que a través  de correos electrónicos y teléfono da largas. 

Deben solicitarla al Presidente, no al Administrador. Como le decía antes, el Administrador no tiene obligación de atender individualmente a los propietarios.

Si el Presidente no les hace caso tampoco, pueden convocar una Junta Extraordinaria si reúnen el apoyo del 25% de propietarios o de cuotas de participación. En el orden del día ponen como punto la revisión de la documentación, que deberá aportar el Administrador.

Exacto el presidente no nos hace caso, ok entonces mediante reunión, entiendo que el burofax no es una opción. Gracias por todo. 

El burofax no cambia nada con respecto a un correo o una llamada (excepto el hecho de que la comunicación es fehaciente). Si el Administrador decide ignorar el burofax, puede hacerlo.

Si convocan una Junta Extraordinaria, avisen al Administrador de que debe aportar la documentación solicitada.

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