Seguro de hogar: Valor a Nuevo / Valor Real / Valor de Reposición
Quiero contratar el seguro de hogar y valoro las opciones. Tengo una pregunta sobre la tasación, ya que no me queda claro de todo…
Aseguradora 1: “”se amplían las garantías de la póliza a la diferencia existente entre el valor real de los bienes asegurados en el momento del siniestro y su valor en estado de nuevo, siempre que dicha diferencia no exceda del 30 por 100 del valor de nuevo y que la suma asegurada corresponda al valor de reposición o reconstrucción de los bienes afectados por el siniestro.””
((Entiendo que si el valor real de bien es 70% del valor “original”, se me pagaría 100% de valor “original” de compra, ¿correcto?))
Aseguradora 2: ““Se tasará a su valor de nuevo excepto en las situaciones y elementos que siguen:
- a) Todos los bienes asegurados cuya depreciación alcance el 75% se justipreciarán según el valor real
- b) Ropa, vestidos y complementos personales y ropa de casa, se justipreciará a valor real.””
((Entiendo que si el valor real de bien es 25% del valor “original”, se me pagaría 100% de valor “original” de compra, ¿correcto? O si el valor real de bien es 75% del valor “original”, ¿se me pagaría 100% de valor “original” de compra? ))
Aseguradora 3: “se aplicará el criterio de Valor a Nuevo. Se exceptúan de esta norma los tipos de bienes que se relacionan seguidamente, a los cuales se aplicará el criterio de Valor de Reposición que, asimismo, se define:
- Aparatos y/o motores eléctricos y/o electrónicos (electrodomésticos de línea blanca y marrón, teléfonos...).
- Ropa de uso personal o propia del ajuar doméstico.
Criterio de Valor de Reposición: por este criterio, el valor se determina deduciendo del valor a nuevo la depreciación por antigüedad, uso y estado de conservación.
((Entiendo que siempre se pagaría el valor a nuevo (“original”, de compra) de lo muebles por ejemplo, ¿pero todos los electrodomésticos y ropa a valor real?))
¿Qué significa exactamente en cada caso? Por ejemplo, si tengo un electrodoméstico que costo hace 5 años 100 euros, ¿en caso de siniestro total, que me pagaría cada una de las aseguradoras?
¿Cuál es la mejor opción desde vuestro punto de vista?
También, cuando hago la evaluación de contenido, ¿debo de contar con depreciación de bienes que tengo? Es decir, si tengo la tele que compre hace 5 años por 1000, tengo que considerar que hay que sumar 1000 al contenido, ¿o algo mas bajo como 500 euros?