¿Pueden embargar la parte no dispuesta de una póliza de crédito?

La empresa hemos pedido una póliza de crédito y uno de los socios debido a un aval que hizo a un familiar tiene problemas. ¿Es posible que el banco que firmo el aval embargue la parte no dispuesta de la póliza de crédito? Es de decir somos dos socios si yo de una póliza de crédito de 30000€ he utilizado solo 5000€ los otrod 25000€ pueden ser embargados, ¿bueno solo un 50% porque el otro es del otro socio?

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Los bienes embargables son por lo general: derechos de cobro sobre terceros, bienes inmuebles, mobiliario y saldos en cuentas bancarias.

No se debe equiparar un derecho de cobro con la parte no dispuesta de un límite sobre una cuenta de crédito.

En este sentido no se puede embargar citada parte no dispuesta de la póliza de crédito, ya que no es un derecho de cobro.

Gracias. Que es un derecho de cobro a terceros

Un derecho de cobro a terceros son deudas que tengas otras personas o entidades a tu favor, por ejemplo: una factura emitida por ti a cargo de otra empresa o entidad y que se encuentre pendiente de cobro por tu parte.

Muchas gracias. Otra pregunta: tengo una sociedad que es una cb y me han dicho que una cuenta a nombre de la cb la entidad jurídica somos los socios autorizados y que por tanto puede ser embargable la parte del autorizado que tenga problemas, es así. ¿Hay alguna manera para que no pasara esto que no sea quitar el socio con problemas?

Te han informado correctamente, la única forma de evitar el embargo de la mitad del saldo correspondiente a tu socio, es que éste figure como autorizado en la cuenta y no como titular. No veo otra solución mientras no soluciones el tema del aval.

A la cuenta ya estar como autorizado pero me comentan que igualmente pueden embargar.

Muchas gracias por  todas las respuestas

La cuenta directamente no la podrían embargar porque el no figura y la CB no tiene personalidad jurídica, otra cosa es que le puedan embargar los bienes que le correspondan por su participación en la CB.

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