Me parece que te has complicado la vida. La factura original que ya están en poder de la constructora con el IVA añadido, la tienes que dejar como está. Y ahora tienes dos formas de solventar. La más usual es la que te pongo aquí:
a) FActura de abono de la totalidad de la primera, indicando que hay un error en la repercusión del iva porque es factura con inversión de sujeto pasivo
b) Hacer factura de cargo por inversión de sujeto pasivo, haciendo mención a dicho articulo en la descripción de la factura y sin IVA.
Ambas facturas serían facturas rectificativas, con serie especial rectificativa.
Ejemplo:
Fra. A/10
Base Imponible ………… 1000
IVA 21% …………………….. 210,00
Total factura …………….. 1210.00 Euros
Corrección:
Fra. X1
Base imponible ………….. -1.000
IVA 21% …………………………. -210,00 Euros
Total Factura ……………… -1.210,00 Euros
Factura rectificativa que anula la factura A/10 por operación con inversión sujeto pasivo.
Fra. X2
Base imponible ……………… 1.000
Total factura ………………….. 1.0000
Factura con inversión de sujeto pasivo según art. 84 de Ley de Iva.
Factura que rectifica y anula la factura A10
---> Esto sería lo más usual, pero la otra forma que establece el reglamento de Facturación es simplemente emitir la factura rectificativa correcta, que seria la X2, y anular directamente en contabilidad con apunte negativo la A10.
En este caso la factura rectificativa sería única, y seria de este tenor:
Factura X1
Base imponible ……………… 1.000
Total factura ………………….. 1.0000
Factura con inversión de sujeto pasivo según art. 84 de Ley de Iva.
Esta factura rectifica a la factura A10
Base inponible que rectifica = 1000
IVA de la factura que rectifica 210
Vuelvo a insistir que en este caso, esta factura es la definitiva y es como si la A10 no hubiera existido por lo que habría que contablemente hacer un apunte negativo de
-1000 e IVA -210, para evitar duplicidades. Como este sistema todavía es difícil de digerir para muchos departamentos contables y programas de software, se utiliza casi siempre el primero. En ocasiones no se emite la X2 sino que se hace una nueva A11 por ejemplo, aunque a mi modo de ver esto es incorrecto porque en realidad tanto la X1 como la X2 se emiten para rectificar la A10 en dos pasos, y no debe de entenderse que factura rectificativa son solo las facturas negativas, sino también son las positivas que se emiten para subsanar un error anterior.
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