Duda sobre operación con inversión de sujeto pasivo

Tengo un problema que no sé cómo resolver.

Emití una factura a una constructora para que me hicieran el pago a cuenta del trabajo.

Una vez hecha, me hacen el ingreso del importe detallado y después me dicen que es una operación con inversión del sujeto pasivo y que tengo que rectificarla y emitirla con IVA a cero. La factura la he rectificado pero ahora me piden una factura de abono por el importe de más que me han pagado. El problema es que ese importe en realidad es el que correspondería al IVA pero no sé si se puede emitir una factura de abono con inversión de sujeto pasivo. ¿Eso es posible? Luego les haría una transferencia a su cuenta por ese importe para cuadrar todos los saldos.

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Me parece que te has complicado la vida. La factura original que ya están en poder de la constructora con el IVA añadido, la tienes que dejar como está. Y ahora tienes dos formas de solventar. La más usual es la que te pongo aquí:

a) FActura de abono de la totalidad de la primera, indicando que hay un error en la repercusión del iva porque es factura con inversión de sujeto pasivo

b) Hacer factura de cargo por inversión de sujeto pasivo, haciendo mención a dicho articulo en la descripción de la factura y sin IVA.

Ambas facturas serían facturas rectificativas, con serie especial rectificativa.

Ejemplo:

Fra. A/10   

Base Imponible ………… 1000

IVA 21% …………………….. 210,00

Total factura …………….. 1210.00 Euros

Corrección:

Fra. X1

Base imponible ………….. -1.000

IVA 21% …………………………. -210,00 Euros

Total Factura ……………… -1.210,00 Euros

Factura rectificativa que anula la factura A/10 por operación con inversión sujeto pasivo.

Fra. X2

Base imponible ……………… 1.000

Total factura ………………….. 1.0000

Factura con inversión de sujeto pasivo según art. 84 de Ley de Iva.

Factura que rectifica y anula la factura A10

---> Esto sería lo más usual, pero la otra forma que establece el reglamento de Facturación es simplemente emitir la factura rectificativa correcta, que seria la X2, y anular directamente en contabilidad con apunte negativo la A10.

En este caso la factura rectificativa sería única, y seria de este tenor:

Factura X1

Base imponible ……………… 1.000

Total factura ………………….. 1.0000

Factura con inversión de sujeto pasivo según art. 84 de Ley de Iva.

Esta factura rectifica a la factura A10

Base inponible que rectifica = 1000

IVA de la factura que rectifica 210

Vuelvo a insistir que en este caso, esta factura es la definitiva y es como si la A10 no hubiera existido por lo que habría que contablemente hacer un apunte negativo de

-1000 e IVA -210, para evitar duplicidades. Como este sistema todavía es difícil de digerir para muchos departamentos contables y programas de software, se utiliza casi siempre el primero. En ocasiones no se emite la X2 sino que se hace una nueva A11 por ejemplo, aunque a mi modo de ver esto es incorrecto porque en realidad tanto la X1 como la X2 se emiten para rectificar la A10 en dos pasos, y no debe de entenderse que factura rectificativa son solo las facturas negativas, sino también son las positivas que se emiten para subsanar un error anterior.

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Lo normal es hacer una factura de abono por el total de la primera factura que les mando, indicando que es un error.

Luego emitir la factura con inversión del sujeto pasivo y devolver lo que le hayan pagado de más... que será el importe del IVA que no debería haber cobrado.

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