Hay que distinguir dos situaciones, que el trabajador esté de baja por enfermedad común, o por accidente o enfermedad profesional, es decir, lo que se llama contingencias comunes o contingencias profesionales.
De baja por enfermedad común y se queda en el paro
Si mientras el trabajador está de baja por incapacidad temporal debido a enfermedad común pasa a la situación de desempleo, seguirá cobrando la prestación de incapacidad temporal, pero tendrá derecho a cobrar como máximo lo que correspondería por desempleo hasta que se termine la baja médica. Una vez terminada la baja médica cobrará el desempleo siempre que tenga derecho a él.
Es decir, que si por desempleo tendría hipotéticamente derecho a cobrar 800€ y por incapacidad temporal 900€, va a cobrar 800€
La particularidad de este caso es que DEL TIEMPO TOTAL DE DESEMPLEO A QUE TENGA DERECHO EL TRABAJADOR LE VAN A RESTAR TODO LO COBRADO DESDE LA FECHA DE FIN DEL CONTRATO MÁS TODO EL PERIODO DE INCAPACIDAD TEMPORAL HASTA EL ALTA MÉDICA.
Digamos que ese periodo de incapacidad temporal ‘se come’ parte de la prestación por desempleo.
En este caso y mientras el trabajador está de baja por Incapacidad temporal una vez extinguido el contrato el SEPE cotiza por el trabajador, aunque se haya solicitado o no el desempleo.
De baja por accidente o enfermedad profesional y se queda en el paro
Si mientras estaba de baja por accidente o enfermedad profesional se queda en el paro se seguirá cobrando la prestación por incapacidad temporal hasta su curación, en la cuantía que tuviera reconocida, la que fuera, pero, a diferencia con el caso anterior, si tuviera derecho a cobrar el desempleo porque reúne los requisitos, no se descontará nada de lo cobrado en situación de incapacidad temporal una vez terminado el contrato.
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