Base reguladora por contingencias comunes tras excedencia sin incorporación al puesto de trabajo

Estoy de excedencia por cuidado de hijo menor de tres años hace 5 meses. Finalizó la excedencia el 31 de agosto que es cuando mi hijo cumple los 3 años. Los últimos meses antes de la excedencia trabajaba en jornada reducida del 50%. Estoy embarazada y dado que me encuentro ya mal creo que tendré que solicitar la baja el 1 de septiembre que seria el primer día de alta. ¿Cómo me van a calcular la prestación para los meses que estaré de baja hasta que de a luz? Y despues ¿Qué presentación de maternidad cobraré? .

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Entiendo en su caso, que debería cobrar el 100% de los conceptos salariales que le corresponden por nómina, independientemente del tipo de jornada. Siempre que se trate de baja a efectos de Riesgo sobre el Embarazo.

Si la baja es a efectos de enfermedad común, se calcularía dividiendo entre 30, la base cotización de contingencias comunes del mes anterior (última nómina, en su caso).

Salvo mejor opinión.

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