¿Deben pagar los locales instalación de ascensor?
Los locales de la comunidad alegan que no deben pagar la instaación del ascensor porque en sus escrituras pone lo siguiente:
"los locales de planta baja que no tengan entrada por el portal, quedan exentos de todo gasto administrativo, conservación y reparación del portal, escaleras y ascensor si lo hubiere"
La pregunta es si deben o no pagar la parte que les corresponda de la instalación del ascensor.
Yo veo claramente que pone que no deben hacerse cargo de la conservación y reparación, pero no veo que hablen de la instalación.
3 respuestas
Respuesta de Poli Plos
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Respuesta de Pedro abogado
Respuesta de Lorenzo Ayuso Dresde