Forma de coherencia vacaciones tras baja por it
Estuve de baja 15 meses (desde junio 2017 hasta septiembre 2018) y tengo pendientes por cojer las vacaciones del 2017 y 2018. Pedí a la empresa el mes de octubre del 2018 y, (puesto que tengo hasta junio de 2019 para cojer las del 2017) el mes de junio de 2019. La empresa me contesta que si a recuperar en octubre de 2018 las de ese año pero que por política de la empresa, tengo que cojer los dos meses antes de final de año. ¿No va eso en contra del estatuto de trabajadores? ¿Puede hacer eso la empresa? ¿Tengo derecho a negarme?
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Respuesta de erkuden