Vacaciones y permiso de matrimonio

Tengo el caso de una profesora (Convenio Enseñanza Privada sin nivel subvencionado), que se ha casado en el mes de agosto, es decir, durante el período de vacaciones, que está "pactado", al ser un colegio.
¿Tiene derecho a disfrutar de los 15 días de permiso de matrimonio que marca el convenio o los pierde al estar de vacaciones?
En el convenio no pone qué hacer cuando coinciden ambos hechos.

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Pues si el convenio no establece otra cosa ni se acuerda nada entre empresa y trabajador, en principio no se puede acumular el permiso por boda a las vacaciones.
Se trata de un permiso en días naturales (ya sean hábiles, festivos, vacaciones...) y cuyo inicio de disfrute ha de coincidir con el hecho causante, en este caso el día de la boda.
Es decir, en principio y salvo convenio o pacto en contrario, pierde las vacaciones por solaparse con el permiso de boda.
Aunque dicen que suele venir bien tener contento a los trabajadores.
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Los días de permiso por matrimonio han de disfrutarse a partir de la fecha de la boda. Es decir, sea cuando sea cuando te cases, coges los quince días siguientes. Si te coincide en vacaciones los pierdes
Muchas gracias. Eso es lo que pienso yo, pero en la empresa me piden alguna base legal para justificárselo a la trabajadora. ¿Me puedes decir dónde dice eso?
El permiso por matrimonio viene regulado en el art. 35.3.a) del estatuto. En ese artículo se regulan los permisos retribuidos debidos a causas concretas, es decir, no se cogen en función de la necesidad de descanso genérico como pueden ser las vacaciones, sino que están avocados a un fin concreto. Eso significa que dichos permisos pierden su función si se disfrutan en un momento diferente. Por ejemplo, si se pide permiso por fallecimiento de un familiar, y te lo pillas 3 meses después, el permiso perdería su sentido. Ocurre igual con el permiso por matrimonio.
No existe ninguna frase concreta que diga esto pero se determina del sentido general de la ley.
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Los dos permisos son retribuidos y obligatorios, pero podría ocurrir lo mismo que en una incapacidad temporal. Es decir, si durante las vacaciones causas baja, las mismas no se interrumpen. Y las pierdes durante el tiempo de baja.
Aquí ocurriría lo mismo, ya que como bien dices, las vacaciones son pactadas, por lo cual, no tendría derecho a ese permiso retribuido, por encontrarse ya de vacaciones.
Mira en la web haber si hay alguna sentencia al respecto, por si acaso, pero deduzco que se aplicará lo mismo que en incapacidades temporales.
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En principio y como norma general, deberíais ir al Estatuto de los trabajadores.
El permiso retribuido en cuestión, indica que son 15 días naturales, por tanto si en ese momento se encuentra de vacaciones, se solapan con estas.

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