El seguro me reclama devolver indemnización pagada

Tras unas lluvias torrenciales un árbol de mi finca se derrumbó invadiendo la calzada y la acera y dañando un muro de mi finca. Tras comunicarlo al seguro inicié los trabajos de retirada más urgentes para evitar daños mayores y solicité presupuesto para terminar los trabajos de retirada y poder reparar el muro. Presenté al perito la factura y el presupuesto, que tras revisar el lugar, me envió una propuesta de indemnización por el total, que la compañía me pago en unos días.

Después de cobrar, recibí un correo del perito indicando que la compañía revisando el siniestro, dice que no tiene cobertura la retirada del árbol (por no estar incluido en el continente) y solicita la devolución del importe pagado. Les respondo diciendo que el muro si está incluido en el seguro como continente, y que para su reparación es imprescindible la retirada del árbol.

Tras un año, me han citado a juicio y me gustaría su opinión a unas preguntas:

¿Puedo alegar que tras realizar los trabajos que me autorizaron, ahora ya no es posible deshacerlos? De haberlo sabido, habría cuestionado su reparación y realizado sólo los trabajos imprescindibles.

Si para la reparación del muro era imprescindible la retirada del árbol, ¿debería estar todos los trabajos incluidos por el seguro?

¿Puedo alegar que en su día podía haber recurrido a ayudas a otros estamentos (Consorcio de compensación, subvenciones de protección civil para zona afectadas por lluvias extraordinarias) y ya no puedo por fechas? Han pasado 2 años desde el incidente.

4 respuestas

Respuesta
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Parece un problema de asignatura de Derecho... Lo digo porqué parece inverosímil. Pero yo creo que la única respuesta a eso está en el condicionado general del seguro y en su póliza en concreto.

Es decir, en mi opinión depende de la aseguradora y del tipo de cobertura contratada, tal y como ya ha insinuado el otro experto. Además, cuando interviene un perito, muy raramente la aseguradora va más allá, y menos todavía para pequeños siniestros así. Además su respuesta es clara y lógica, siempre que no se contradiga con las fotografías.

Respondiendo sus preguntas:

  1. Se hicieron, por lo que dice, los trabajos imprescindibles. Por lo tanto la primera alegación ya no es necesaria.
  2. En cierta modalidad de seguro, eso es cobertura directa y clara, entonces solamente se puede responder habiendo visto su seguro y las posibles limitaciones del mismo.
  3. La tercera pregunta también me parece muy lógica.

Recomendaciones finales:

  1. Contratar un seguro de protección jurídica, en alguna aseguradora diferente a la de su seguro de hogar. Ahora ya y en el futuro también.
  2. Contratar un seguro de hogar que cubra con garantía amplia el continente y la responsabilidad civil. Ya sea en la misma aseguradora (es evidente que así no lo tenía), o en otra que sí lo pueda asegurar así sin problemas.

Mi opinión final, sin saber más, es que el juez, casi con total seguridad, no le hará devolver la indemnización recibida, a no ser que su póliza fuera muy simple en coberturas. En ese caso se lo podrían hacer devolver todo. Es puede ocurrir en aseguradoras que tienen diferentes tipos de modalidad de cobertura y que el perito inicialmente se haya podido confundir, sin observar que el tomador, en lugar de tener la cobertura más habitual, tenía otra inferior. En ese caso tiene que preparar bien el caso y el juicio para poder, si fuera necesario, repetir contra el perito, y ver con un abogado especialista si la aseguradora es responsable del perito asignado por ella misma, y hasta qué punto. Pero claro, el tomador también es responsable de saber qué coberturas tiene y cuáles no, siempre que su corredor o agente haya cumplido (sea banco, sociedad o persona), en su día, la obligación, según la Ley de Mediación de Seguros Privados, de haberle entregado toda la información veraz y suficiente.

Marc Gómez (SegurosGomez.com)

Muchas Gracias Marc por tu respuesta y consejo!!

PD: tal como dices lo podemos publicar como caso para los estudiantes de derecho. Ya te comentaré el desenlace!!!

Un saludo

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Curiosa situación, pues si la Compañía ha autorizado los trabajos y lo hizo si comprobar las coberturas de la póliza, es un error suyo y a mi entender, por los motivos que tu expones, deberían "comerse" el error.

Por otro lado, la practica totalidad de las pólizas incluyen un apartado de medidas para minimizar siniestro. Si el árbol caído suponía un peligro para otros usuarios de la vía u otros vecinos creo que podrías tomar las medidas necesarias (siempre que sean proporcionales) para evitar males mayores, como que alguien se lastime, por ejemplo.

Me cuesta creer que un juzgado de la razón al seguro.

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Antes que nada, me gustaría saber que compañías está detrás de la indemnización.

El asegurado debe poner todo a su alcance para minorar daños.

Creo que ha cumplido como si hubiera gastado un extintor para minorar un incendio y le pagarán el extintor.

Usted quita el árbol para evitar males mayores en la calle. Niños, ancianos, cochecitos de bebe. etc.

Buenas, aunque no creo que sea relevante, la compañía es Plus Ultra. 

Mi principal duda es viene de que fue el perito de la compañía quien, en función de los presupuestos/facturas que le presenté, quien me hizo una propuesta de indemnización, la compañía la aceptó y me pagó. Yo realicé la reparación  y pagué al proveedor. A posteriori la compañía me solicita la devolución porque considera que se ha producido un pago incorrecto.

 ¿Tengo que devolverlo? Si no me lo hubiera aceptado la compañía, podía haber buscado otra solución o no repararlo en su totalidad (solo lo imprescindible para no causar males mayores).

¿como puedo legalmente defenderme?

Gracias

¿Qué te dice tu Agente?.

Revisa el finiquito firmado y háblalo con un abogado.

Suerte

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Esto si que no lo había visto nunca salvo que el importe sea muy grande.

Como ya te han dado soluciones los compañeros, podrías por favor decidnos cuando acabe, ¿cómo acaba la historia?

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