Recargo por autoliquidación complementaria extratempórea del modelo 303

Acabo de realizar una autoliquidación complementaria del modelo 303, correspondiente al 2º trimestre sin requerimiento previo. La cuestión es... Dado que ya estaba fuera de plazo pero con un período inferior a los 3 meses entiendo que hay un recargo del 5%. Ahora bien, tanto la declaración original como la complementaria tienen resultado negativo, que consigné a compensar. Simplemente que en la complemetaria el importe a compensar resulta menor. Es decir, hacienda pasa de tener que compensarme 500 euros (declaración original con errores) a tener que compensarme 400 (declaración complementaria correcta). Si el resultado fuese a pagar por ejemplo 100 euros entiendo que, con el recargo del 5%, tendría que ingresarles 105 euros pero... ¿Cómo afecta el recargo cuando ambas cuantías son a compensar y por tanto no hay necesidad de realizar ningún ingreso a hacienda?

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Si las cuantías son negativas no puede haber recargo, lo que puede haber es una sanción por presentación fuera de plazo.

Muchas gracias por tu respuesta Pedro. Y... ¿Tienes idea de a cuanto podría ascender la cuantía de la hipotética sanción en un caso como este y en que plazos me sería notificada?

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