Duda sobre demanda de rentas de alquiler

Me ha llegado una notificación de demanda de rentas de una renta de alquiler que no pagué pero me reclaman más de lo que es realmente (solo me indican el importe, sin detalle) y corresponde a la fianza que no me devolvieron.
Es inferior a 2.000€ así que entiendo que no necesito abogado ni procurador, ¿es así?

¿Cómo debo proceder? ¿Tengo qué ir al juzgado y llevar la documentación para hacer el pago de la deuda real? Tengo todos los papeles que demuestran los pagos que hice y lo que quedó pendiente.

Respuesta
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Ahora mismo, más que acudir al Juzgado con papeles, se ha de formular oposición a la demanda que ha recibido. Siendo que la cantidad que le reclaman es inferior a 2.000 euros, efectivamente no es obligatoria la intervención de abogado y procurador. No obstante, por razones obvias es recomendable que esa oposición a la demanda la redacte un abogado, aunque la encabece a nombre de usted y ese abogado no se persone en el procedimiento. De esta forma, el procedimiento le saldrá económico y no pondrá en riesgo sus derechos por desconocimiento en la materia.

Por cómo proceder no se preocupe. Si decide contar con nosotros para este asunto, ya nos encargaríamos no sólo de la redacción de esa oposición a la demanda, sino de guiarle durante todo el procedimiento, como si estuviéramos personados como abogados.

Sí advertirle que desde que le fue notificada la demanda se cuenta con un plazo para formular esa oposición, tras el cual nada se podrá hacer, por lo que no conviene demorarlo.

Quedamos a su disposición en los siguientes datos, donde nos podrá contactar sin compromiso:

[email protected]

951 71 50 41

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Respuesta

Ve a un abogado para que prepare la contestación a la demanda, alegando lo que dices, con aportación de la prueba documental que tienes, y que acredita una pluspetición

O como la cuantía es menor de 2.000 €, presenta tu ese escrito

Si no lo haces así el Juez no oirá tu versión, y dictará sentencia conforme lo que solicita la parte demandante

Gracias, el escrito lo tengo que entregar en el juzgado y entiendo que me lo sellaran conformo esta entregado o como debo hacerlo?

En el propio Juzgado, o en la oficina de reparto si hay varios juzgados dirigido al juzgado que sea y numero de procedimiento. Original y documentos para el juzgado, copia para la otra parte, y copia para sellar justificante

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