Atranco en la comunidad de vecinos

Hay atranco en el bloque y yo soy el local de abajo. Hay atranco y han tenido que abrir una arqueta en un lateral de la tienda (es de alimentación), y . De ella no se ha conseguido desatrancar, hay que abrir en medio de la tienda otra arqueta y ver si es atranco o que las tuberías se hayan derrumbado. Eso conlleva que tengo que cerrar, no se el tiempo dependiendo de lo que sea la avería, un tarde, unos días, no se. Para la arqueta que se ha abierto y puesto esta han tardado mis horas de la comida más toda la tarde. Para lo siguiente abría que parar la actividad por que es en medio del local y no sabría el tiempo, depende de la avería que encuentre. Mi seguro me cubre por cierre, pero por fuga de agua o algo mio, en esta caso no cubre, el seguro del bloque no cubre esto, con lo que me niego a que rompan por el local y que nadie me cubre. Mi cierre, me amenazan con que me van a denunciar los de los garajes, que les cae el agua. Yo no me niego a que reparen, pero si quiero que cubran mis perdidas y me dicen que es mi problema. ¿Qué debo hacer? Yo creo que si tengo que cerrar, para la reparación, alguien debería de pagar por las pérdidas

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Usted tiene obligación de permitir esa obra, pero está usted en su derecho a ser indemnizado. Revise lo que dice el artículo 9 de la Ley de la Propiedad Horizontal. Concretamente, los apartados 1.c y 1.d que dice que es obligación de los propietarios:

"c) Consentir en su vivienda o local las reparaciones que exija el servicio del inmueble y permitir en él las servidumbres imprescindibles requeridas para la realización de obras, actuaciones o la creación de servicios comunes llevadas a cabo o acordadas conforme a lo establecido en la presente Ley, teniendo derecho a que la comunidad le resarza de los daños y perjuicios ocasionados.

d) Permitir la entrada en su piso o local a los efectos prevenidos en los tres apartados anteriores."

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