Cerrar empresa y cobrar el paro

En el mes de septiembre la empresa en la que trabajaba por cuenta ajena cerro. Y no solicite el paro (porque tenía una empresa mía y ahora la he dado de baja. ¿Ahora tendría que trabajar y por cuánto tiempo por cuenta ajena para poder cobrar el paro?

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Lo que tú has cotizado trabajando eso siempre permanece. Ahora bien, para tener derecho a paro debes haber cotizado como mínimo 360 días en los 6 últimos años.

De ahí en adelante, tendrás derecho a tantos días de prestación, como cotizaciones. Lo que ocurre, claro está, es que tienes que solicitarlo.

Si no has alcanzado los 360 días, pues tendrás que trabajar, como te decía, hasta alcanzar el mínimo, a partir de ahí, cuando quedes en paro, cobrarás proporcionalmente.

Te incluyo un enlace con bastante información, que no pongo aquí para que este mensaje no sea demasiado largo. Saludos

https://www.cuestioneslaborales.es/requisitos-para-cobrar-el-paro-duracion-y-cuantia/ 

Sí he trabajado durante 3 años por cuenta ajena hasta el mes de septiembre (que la empresa cerro.) . Ahora en el mes de octubre voy a dar de baja mí propia empresa que no va bien. De ahí mi gran duda. Tenía entendido que no podía solicitar el paro si cierro mi propia empresa. 

He estado cotizando en dos sitios por cuenta ajena hasta el mes de septiembre y en mi empresa hasta el mes de octubre. 

Puedo solicitarlo cerrando mi empresa? 

Gracias un saludo,

Esto es lo que yo recuerdo:

-Estando de alta en autónomo no se puede cobrar prestación por desempleo cuenta ajena.

-Como tú habías generado derecho a desempleo por cuenta ajena, por haber cotizado 360 días o mas y se da la circunstancia que ya estás de baja en autónomo, tendrías derecho a solicitarlo.

Ahora bien, dado el cúmulo de circunstancias, datos entrecruzados y demás, mi parecer es que deberías dirigirte al "Servicio Público de Empleo Estatal" (SEPE) por internet mismo y con todos los pormenores, incluidas fechas detalladas te informen, sin posibilidad de error de tus derechos y hacer ha mismo, la petición.

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Si has cotizado más de 360 días por cuenta ajena, tienes derecho independientemente de haber trabajado por cuenta propia, a desempleo, por lo que te aconsejamos que acudas al SEPE y solicites tu prestación por desempleo ya que es un derecho. Autonomo y desempleo

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