Derechos y obligaciones de muro divisorio

Vivo en una vivienda unifamilar aislada en la que en la división con el terreno del vecino se contruyó un muro divisorio, es decir, el muro está dentro de mi propiedad.

A dia de hoy, el vecino ha construido una casa y no ha realizado ningún muro divisorio porque ya existe el mío.

El vecino hace uso y disfrute del muro, pues posee animales y sin mi muro se escaparían.

¿Está obligado el vecino a construir su propio muro divisorio? En caso negativo, ¿a quién corresponden los gastos de conservación del muro divisorio?

He encontrado la información siguiente, pero no estoy seguro si es aplicable en mi caso:

"De acuerdo con los 2.722, 2.723 y 2.726 del Código Civil, se debe interpretar -como se dijo- que la pared divisoria entre predios constituye medianería hasta la altura de tres metros, contados desde la cota del terreno más alto y desde allí, se considera privativa del edificio al que pertenece el muro."

¿Significa qué tiene obligaciones de conservación igualmente aunque sea muro divisorio?

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Tal como te explicas, este muro es tuyo, y tu vecino no tiene porqué construir otro en su terreno. El que haga de separación entre las dos parcelas no es argumento para que digas que "el vecino hace uso y disfrute del muro" pero, desde luego, no puede apoyar nada en él, o hacer agujeros. Sí podría revocarlo o pintarlo. Y si tiene que hacerse algún trabajo de conservación en el futuro, como tu dices, el costo será a tu cargo.

Porque tiene derecho a pintarlo pero no a mantenerlo?

Porque es tuyo, y tuya la responsabilidad de mantenerlo. Si tu vecino, sin apoyarse en él para cualquier tipo de obra, o hacerle agujeros, como ya te dije, lo revoca con mortero de cemento o lo pinta, no le está haciendo ningún daño; antes al contrario. Es más, es muy posible que por su lado tu muro sea "feo". ¿En que te perjudica que lo "mejore", eso sí, sin alterarlo o dañarlo. ¿Lo entiendes ahora?

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