¿Cuánto tiempo tengo que darle a mi socia para que consiga el dinero que le pido por mi parte de la sociedad?

Tengo una sociedad civil al 50 por ciento, a mi me acaban de ofrecer un trabajo al que me tengo que incorporar de manera inmediata

He ofrecido mi parte de la sociedad a mi socia pero dice que ahora no tiene ese dinero Pero que SI que podría comprarla dentro de un año y que yo tengo la obligación de darle el tiempo necesario para conseguir ese dinero ( es decir darle un año)

El caso es que yo necesito el dinero ahora y no puedo esperar un año

Tengo otra persona que si que podría hacerme la compra de mi parte ahora, pero mi socia se niega a trabajar con ella

MI SOCIA ME DICE TAMBIÉN que para vendérsela a otra persona, ¿ella tiene que decidir antes de la venta si es o no la persona con la que quiere formar la sociedad... Es esto cierto?

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Respuesta

Lo primero recomendarle se ponga en manos de un abogado que le estudie su caso concreto y le ayude.

Una sociedad civil no tiene personalidad jurídica, por lo tanto, no se compran o venden participaciones exactamente... Y se rige por el código civil y por los pactos de constitución de la misma. Como normalmente se utilizan unos estatutos de internet o muy básicos, hay cuestiones que no son tenidas en cuenta. Lo que supone un problema.

En nuestra opinión y sin conocer el caso concreto, su socia lo que tiene es un derecho de tanteo y retracto, pero no exactamente un derecho a elegir su nuevo socio si ella no puede o quiere comprar su parte ... Que por otro lado hay que estudiar que se considera su parte... Pues en muchos casos, las sociedades civiles no tienen ningún tipo de bien o muy pocos...

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