Asesoramiento: ¿Sociedad civil como mejor opción?

Nos estamos planteando aceptar el traspaso de un negocio, un bar de copas concretamente, está funcionando hace años y después de ver su contabilidad (balance de pérdidas y ganancias del ejercicio anterior), estudiar la viabilidad y hacer un plan de empresa nos quedan dudas en cuanto al tipo de sociedad que sería mejor y más cómoda teniendo en cuenta que somos dos chicos jóvenes (menores de 30 años), con poco patrimonio que aportar y por tanto poco capital inicial. Las chicas que traspasan el negocio son dos y formaron en su momento una sociedad civil, me gustaría saber los pasos a seguir para traspasar dicha sociedad o si habría o sería mejor crear una nueva. También si la sociedad civil es la más adecuada a nuestra situación, ya que somos nosotros los que vamos a seguir trabajando en el negocio.
También me gustaría saber si al ser mujer emprendedora hay subvenciones y descuentos en lo que a la cuota de autónomos se refiere.

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La sociedad civil no puede ser traspasada ya que es el producto de un contrato firmado por dos personas o más entre sí y carece por si misma de personalidad jurídica, por tanto, si desaparece el hecho que motivó el contrato, que no es otro que poner bienes en común para la explotación de un negocio, el contrato queda sin efecto y por tanto nulo. Así pues, con la extinción del negocio, quedaría sin efecto el contrato y por tanto suprimida la sociedad civil con el reintegro de los bienes a las partes en la proporción que marque el contrato suscrito. Si en la sociedad civil existen bienes inmuebles a nombre de la sociedad la resolución será un poco compleja pero seguirá cauces parecidos aunque habrá que pasar por el notario.
Así mismo, habría que ver si el contrato ha sido o no elevado a público (pasado por notario ya que es optativo salvo cuando la sociedad incorpora bienes inmuebles) o si la sociedad ha sido registrada en el Registro Mercantil (que también es optativo).
Por todo ello, entiendo, que si la forma que escogen es la de sociedad civil deberán realizar un contrato privado de sociedad civil en los socios en el que se establece la puesta en común para ese fin concreto.
La sociedad civil es una cobertura que permite disponer de una carta de presentación frente a terceros pero sin conferir a esta personalidad jurídica ya que son los socios quienes tienen esa personalidad jurídica, por tanto, la sociedad emite facturas y realiza las declaraciones oportunas de Iva en régimen general, pero por contra no tributa por IRPF ni por impuesto de sociedades, siendo cada uno de los socios quién en calidad de autónomo tributará en régimen de atribución de rentas (IRPF).
Respecto a si es la más idónea o no para el negocio, dependerá de muchos factores, entre otros y el más importante, la ilimitación de responsabilidad personal que tienen los socios de este tipo de sociedades, y las estimaciones de facturación y beneficios de la sociedad que pueden hacer más beneficiosa una tributación por impuesto de sociedades (mercantil) que por atribución de rentas, eso habría que estudiarlo.
Las reducciones de la cuota de autónomos están vigentes para personas con menos de 34 años (si no estoy equivocado, las reducciones de cuota pueden llegar hasta un 30%). De todos modos, este punto lo tendría que constatar en la Ley de la Seguridad Social ya que de memoria no recuerdo exactamente la edad y la reducción concreta sobre la cuota.
Quedo a vuestra disposición para cualquier consulta. Si lo deseáis podemos realizaros el contrato de constitución de la sociedad civil.
Gracias por la respuesta, muy completa. La verdad es que lo que haremos no sera constituir una nueva sociedad civil, sino cambiar los socios, así evitamos tramites y renovar licencias y demás porque todo quedara a nombre de la misma sociedad. Hemos pensado pagar a hacienda por módulos, porque es lo que más rentable nos sale y uno de los socios se pondrá de autónomo ya que también sera administrador y para evitarnos pagar una segunda cuota de autónomo, el otro socio no se pondrá de administrador así ahorraremos dinero cada mes. Seguimos estudiando el tema pero cada día lo vemos más claro, muchas gracias por responder, se agradece una ayuda cuando te encuentras perdido!

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