La capitalización del paro se puede hacer de diferentes formas:
A) Si vas a ser autónomo trabajador (es decir no vas a crear una sociedad) tienes a su vez 3 formas diferentes de capitalizar:
1. Decir que vas a hacer una inversión y necesitas todo el dinero, es decir, te ingresan todo el dinero que te corresponde para que hagas tu inversión. Cuando te lo ingresen tienes un mes para justificar con facturas el dinero que te han dado. Si no justificas todo, tienes que devolver la diferencia.
2. Capitalizar para pago de cuotas de autónomo. No te dan dinero, sino que te lo dejan reservado para ir pagando las cuotas de autónomo.
3. Mixto de las anteriores. Es decir, te dan parte para tu inversión (que luego tienes que justificar) y parte para cuotas de autónomo.
B) Si vas a crear una Sociedad. En el caso de crear una Sociedad no tienes necesidad de justificar tus gastos, lo único que tienes que hacer es crear una sociedad cuyo capital social sea igual a la capitalización que vas a recibir (ó un poco inferior ya que te dejan deducirte los gastos de constitución de la sociedad). Tu participación en dicha sociedad tiene que ser igual a lo que vas a recibir, por lo que si creas la sociedad con otro socio, cada uno tiene que aportar lo que le corresponda según su porcentaje en la empresa.
Para finalizar, yo te recomendaría que si quieres recibir el dinero íntegro, depende de que negocio vayas a montar: si puedes justificar los gastos es más barato y sencillo ser autónomo; si no puedes justificar tanto gasto crea una sociedad y así podrás recibir todo el dinero íntegro (ten en cuenta también que ser una sociedad conlleva más gastos que ser autónomo).
Espero haber aclarado tus dudas, no obstante si quieres que veamos tu caso más en profundidad, mándanos un mail a [email protected].