Jubilación y nueva apertura negocio familiar

Mi mujer y yo trabajamos desde hace 20 años en la empresa familiar que está a nombre de mi padre como autónomo. Ahora mi padre se jubila y hemos pensado que mi mujer y yo podríamos seguir con la empresa, pero se nos ha ocurrido esto: Al jubilarse mi padre, él debe despedirnos, así que por tanto nosotros dos tendríamos derecho al paro y nos gustaría poder capitalizarlo para nuestro nuevo negocio. Nos da igual cobrarlo todo junto o descontado de las futuras cuotas de autónomos. ¿Crees qué una comunidad de bienes seria la mejor manera de iniciar la nueva empresa y que no nos puedan denegar el paro? Y por ultimo ¿qué seria mejor por parte de mi padre, una donación o una venta del negocio?

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Por de pronto, capitalizar el paro para poder absorber una empresa familiar por medio de traspaso o donación no es posible. Así pues, les sugiero que creen una nueva empresa a posteriori. No obstante, eso plantea problemas varios ya que no todos los tipos de sociedad son válidos en el caso de la capitalización del desempleo ya que es sólo posible en los casos en que se constituyen - negocios personales en régimen de autónomo o negocios en forma de sociedad colectiva laboral, limitadas laborales, anónimas laborales y cooperativas, en los casos restantes sólo se puede usar la capitalización para el pago de los recibos de autónomos.
Por tanto, habría que estudiar, si desean hacerse con el negocio de su padre, la mejor opción de futuro analizando todas las posibilidades.
Bien. Muchas gracias. Entiendo que lo mejor seria entonces liquidar la empresa actual y comenzar con una nueva. ¿Cuáles serían entonces los tramites burocráticos para la liquidación?
Gracias nuevamente.
Los trámites burocráticos dependen del tipo de sociedad que tengan constituida. Si se trata de un negocio como autónomo simplemente tiene que dar de baja su actividad en Hacienda. Si es una sociedad es más complicado por cuanto habría que liquidar y disolver notarial y registralmente la sociedad.
Por otro lado, habrá que liquidar las deudas y cobrar los derechos adquiridos sobre terceros en cualquiera de ambos casos (aunque los sistemas difieren) y por otro lado ver como se solventa el aspecto de liquidación de los empleados que dependiendo del tiempo que lleven en la empresa puede ser importante.
Por tanto, es necesario proceder a un estudio económico financiero de la situación para optar por la situación más beneficiosa para todos (ya que no dejan de ser familia).
Por otro lado, intuyo que debe dar por sentado que no le vamos a indicar los trámites a realizar en todos los casos de forma gratuita por cuanto esta es nuestra profesión y vivimos de ello.

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