Fiscalidad, IVA, viviendo fuera de España con mis clientes en España

Vendo servicios a través de internet. Si mis clientes están en España, pero me voy a vivir fuera de España, entiendo que me tendré que dar de alta como empresa o autónomo donde me vaya a vivir y pagar alli el IRPF o similar. ¿Pero el IVA? ¿Mis clientes pagarán IVA? ¿Y dónde lo declararé yo?

2 respuestas

Respuesta
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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un experto que le estudie su caso concreto.

Dependerá de varias circunstancias como se ha de gestionar esta cuestión. No es lo mismo que usted venda a particulares servicios por vía electrónica (que hay una normativa especifica a partir de cierto importe), que venda servicios a profesionales y empresas (donde podría tratarse de operaciones intracomunitarias o incluso exportaciones de servicios), pues también hay que diferenciar si usted reside en un país de la Unión Europea o no...

En muchos casos, se constituye una sociedad en España (que es residente fiscal aquí y por lo tanto liquida aquí los impuestos) y usted le factura a la sociedad o distribuye beneficios, dependiendo que le interese mas fiscalmente en función del país de residencia y el convenio para evitar la doble imposición.

Respuesta

Un profesional que vende servicios a través de internet, tiene una ventaja competitiva frente a otro tipo de servicios, dado que los puede prestar desde cualquier parte del mundo, por lo que puede localizar su negocio en un país dónde haya una tributación más beneficiosa que en España, dentro de la UE, encuentra países como Irlanda, Holanda, Luxemburgo, que según que tipo de operaciones tienen una tributación más liviana que la Española, sin ignorar, por supuesto a Andorra o Suiza.

Respecto al IVA, hay que diferenciar si se trata de servicios realizados a particulares, o a empresas o profesionales, y si se trata de servicios prestados de forma electrónica que tienen una tributación a efectos de IVA peculiar. Lo normal es que si son particulares, usted expida facturas con el IVA vigente de su país dónde reside, y si son empresas o particulares, se puedan declarar servicios exentos si reside en la UE, o bien exportación de servicios, también sin IVA, si se trata fuera de la UE.

Por lo tanto, un buen asesoramiento es el mejor comienzo.

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