En la generalitat valenciana cuanto cuesta donar una propiedad?

Es para donar un piso a mis hijos. Cuanto costaría el impuesto según el valor del piso. Pongamos unos 30.000€

1 respuesta

Respuesta

Como continuación de mi contestación anterior, aqui tiene la referencia legal y requisitos a cumplir:

Adquisiciones por donación

Por parentesco (entre padres e hijos y entre abuelos y nietos, si el padre o la madre ha fallecido antes de la donación)

  • Reducciones en la base imponible:

    • 156.000 €, según edad, si se trata de descendientes menores de 21 años, cumpliendo requisitos. Ver artículo (artículo Diez. Bis. 1º).

    • 100.000 €, si se trata del resto de casos, cumpliendo requisitos. Ver artículo (artículo Diez. Bis. 1º).

Los requisitos exigidos para aplicar tanto la reducción como la bonificación son:

  • Que el donatario tenga un patrimonio previo a la donación de hasta 600.000 euros.

  • Que la donación se efectúe en documento público (o se formalice de este modo dentro del plazo de declaración).

  • Que, cuando los bienes donados consistan en metálico o en cualquiera de los contemplados en el artículo 12 de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio, se justifique en el documento público la procedencia de los bienes que el donante transmite y los medios efectivos en virtud de los cuales se produzca la entrega de lo donado.

  • Que la entrega de los importes dinerarios derivada del acto o negocio jurídico que de derecho a la aplicación de aquéllas se realice mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas en entidades de crédito.

Podrías explicarlo, por ejemplo di el piso vale 40.000€.

Si no hay donaciones anteriores acumulativas, si el piso vale 40.000 Euros, y es de padres a hijos, la tributación en ISD será cero euros, en la liquidación del modelo 651 que te hará la gestoría de la notaría. Es requisito necesario que tu hijo no tenga más de 600.000 Euros y que la donación se haga en escritura publica que debe liquidarse en la Consellería en los treinta días naturales siguientes. (Dile a la notaría que te haga este trámite también y te quitarás cualquier problema). Si el piso es tuyo y de tu mujer, porque es ganancial, entonces la donación deberá ser por ambos cónyuges.

Ok entonces impuesto saldría gratis. ¿Y el tema de lo que me cobraría la notaria por la escritura y los trámites? Supongo que depende de la notaría pero podrías más o menos poner una cifra de qué puede costar, para tener una referencia.

No solo la notaría, tambien tendrías que pagar el impuesto del incremento del valor de los terrenos que depende de cada ayuntamiento y losgastos de registro de propiedad. Lo mejor es que pidas presupuesto a una notaria, para que te de por un lado sus honorarios y por el otro el coste de estos tramites y lo que te cobrará su gestor por ello.

Finalmente, muchas personas pasan por alto que puede haber una plusvalîa lucrativa en el IRPF del donante. Si lo compró por 30000 y ahora vale 33000 según mercado, existe una ganancia patrimonial de 3000, què està gravada en IRPF en este caso al 19%, que en este ejemplo serían 570 euros. Por todas estas cuestiones, siempre es conveniente contactar con un profesional que le exponga con números reales, cual es el valor conveniente de mercado del bien, según el futuro inmediato del mismo y los costes asociados.

Aunque existen multitud de notarios y sus aranceles están fijados parcialmente, puede haber diferencias.

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