Tributación ganancias venta vivienda habitual

Si vendo mi vivienda habitual por 220k que me costó 100k hace 18 años, y me gasto esos 120k de ganancias en otra vivienda que va a ser mi residencia habitual, ¿tengo qué tributar por esa ganancia?
Según la AEAT "Las ganancias patrimoniales obtenidas en la transmisión de la vivienda habitual del contribuyente pueden resultar exentas, cuando el importe total obtenido por la transmisión se reinvierta en la adquisición de otra vivienda habitual"
No me queda claro si "el importe total obtenido por la transmisión" se refiere a los 220k o a los 120k de ganancias

2 respuestas

Respuesta
1

Solo añadirte, que si liquidas hipoteca, el importe a reinvertir es el total de la venta, menos la cancelación de la hipoteca.

Respuesta
1

El importe total se refiere al precio obtenido en la venta, o sea 220k, si solo reinvierte 120k deberá tributar por parte de la ganancia no reinvertida.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas