I. Hola Compañero, por mi parte no puedo ayudarle pero creo que tal vez los compañeros Juan Francisco, Salvador y Francisco Rodriguez sí podrían atenderle,
Juan Francisco Defez Gómez
Salvador Fernandez
Francisco Rodriguez Durán
Deseaba dejarle una serie de páginas y un texto que creo recogen gran parte de las entrañas de este tema, quizás le sean de utilidad. Ánimo.
https://loentiendo.com/guia-para-solicitar-la-pension-de-jubilacion-paso-a-paso/
https://loentiendo.com/jubilacion-contributiva/
https://www.jubilaciondefuturo.es/es/blog/en-que-consiste-la-jubilacion-activa.html
http://www.seg-social.es/Internet_1/Pensionistas/Servicios/Solicitudesdepresta34887/Pensionesotrasprest40968/Jubilacion/121504#BIN34890 .
- Acreditación de la identidad del solicitante o representante legal mediante la presentación del DNI, o si fuese extranjero, residente o no, el pasaporte o el documento de identidad vigente en su país, más el NIE exigido por la AEAT (Agencia Estatal de Administración Tributaria).
– Documentación acreditativa de la representación legal, si fuese el caso.
– Justificante de pago de cotizaciones de los últimos 3 meses (si el sujeto es quien está obligado a presentarlas), y el cese en el trabajo se produzca en ese período.
Esta sería la especificación de algunos supuestos especiales o concretos, en función de distintas variables, por ejemplo:
– Jubilación especial a los 64 años. Es necesario presentar la certificación de empresa sobre datos del trabajador sustituto (además de los documentos anteriores).
– Jubilación parcial. Debe presentarse la certificación de empresa sobre datos laborales del jubilado parcial y del trabajador relevista.
– Jubilación anticipada. Si es con bonificación de edad y por enfermedad especial, ha de entregarse el certificado de empresa correspondiente o bien el certificado de discapacidad y grado reconocido expedido por el IMSERSO u organismo competente. Junto a esta documentación también hay que presentar la acreditación de la necesidad de ayuda de terceras personas o por movilidad reducida.
– Cese forzoso. Cuando la jubilación va a producirse entre los 60 y 65 años y no se está percibiendo ninguna prestación por desempleo, debe presentarse el documento que acredite que el contrato de trabajo o los servicios en la Administración Pública se extinguieron por causas ajenas a la voluntad propia.
– Para incluir en asistencia sanitaria. En este caso debemos presentar el libro de familia, certificación literal o actas del Registro Civil que acrediten el parentesco con el solicitante; el acto judicial o certificado de acogimiento familiar; la resolución judicial de separación o divorcio (ha de constar la custodia de hijos menores y cuantía de la pensión compensatoria al cónyuge, o similar) y la acreditación de residencia habitual en España.**