Declaración Renta: Trabajadores desplazados, Modelo 100 y Modelo 151
Espero estén muy bien
Les escribo ya que tengo una duda en relación al proceso de declaración de renta de las personas que han sido desplazadas a España (Ley Beckham)
En mi caso, accedí al régimen especial aplicable a los trabajadores desplazados a territorio español el año 2016 al completar el Modelo 149, y este regimen me sería aplicable hasta el 2021 según lo que especifica el certificado que recibí de la Agencia Tributaria.
No obstante lo anterior, y luego de haber completado mis declaraciones en el 2016/2017/2018 sin ningún problema o notificación de Hacienda, acabo de conocer que hay que completar un modelo especial (151) en estos casos. En otras palabras, yo he estado completando el borrador que me prepara Hacienda cada año, el cual venía preparado con el Modelo 100, y no con el 151.
¿Es posible anular la declaración que acabo de presentar para el 2018 y volver a completarla ahora de forma correcta con el Modelo 151? Junto con eso, ¿qué pasa con los 2 años anteriores en que he completado el Modelo 100? ¿Puedo hacer una rectificación de forma retroactiva con Hacienda para regularizar mi situación en el 2016 y 2017?
Les agradezco mucho desde ya cualquier información o comentario que me puedan ofrecer para solucionar mi caso.