Las deducciones aplicadas son correctas o hay duplicidad ?
Y nuevamente un saludo Sr. Javier y a cualquier otro que saliera al paso. Mi Com. Autónoma es Andalucía. La consulta es la siguiente. En el borrador de mi madre, ( viuda/pensionista) y después de insistir el año pasado, ya viene puesta en la casilla 75 mi hermana, (ya mayor ), como hija con discapacidad que convive con ella, ( tiene un 65% de minusvalía ). El economista "conocido" de la familia ya dijo en su día que no, por los ingresos de orfandad que esta tenía, pero entre mis dudas, la respuesta de ud y consulta a la Ag. Tributaria se convenció y comprobó el error de que eran rentas exentas de tributación y no impedían su inclusión. La modificó, pagaron y ya sale hoy día en borrador. Hasta ahí bien. Seguro que fue un exceso de trabajo y se bloqueó, porque incluir y excluir lo vio muy rápido. La cuestión es que en este año, viendo este que figura ya en la casilla 75 expuesta,.., y ya aparte, me pregunta si mi madre ha solicitado y cobrado a lo largo del año algún pago mensual por mi hermana en concepto de deducción por descendiente discapacitado a cargo, le dije que no y en la casilla 614/15/...., la incluye con otra deducción de 1200 euros en concepto de que si no se cobró mensualmente lo puede hacer de una sola vez, con lo que si ya en el borrador venía previamente con una devolución de 1400 euros, ahora con esta nueva inclusión se le sube a 2600. Preguntando en C.Pasivas... No llegan a tanto de asegurarme que eso esté bien, quedándoles la duda de si "existiera duplicidad de deducción". Esa es la consulta. Es correcto el proceder o es duplicidad.
NOTA QUE TIENE MIGA : Mi hermana cobra la pensión de orfandad a través de C.Pasivas y además, una prestación mensual del ISFAS que es "por hijo a cargo", (superior a los 100 euros famosos), creo que 300 o algo así, que en teoría la debiera solicitar mi madre, pero como ella pertenece al RG de la Seguridad Social y no pertenece a ISFAS, pusieron como solicitante a la interesada, siendo un requisito el firmar mi madre que no solicitaría esto por S. Social para que no haya duplicidad de la misma prestación. ¿Podría esto invalidar la segunda deducción de la casilla 614?.