Estatuto de los trabajadores, art. 39.2.3
En el caso de encomienda de funciones superiores a las del grupo profesional por un periodo superior a seis meses durante un año u ocho durante dos años, el trabajador podrá reclamar el ascenso, si a ello no obsta lo dispuesto en convenio colectivo o, en todo caso, la cobertura de la vacante correspondiente a las funciones por él realizadas conforme a las reglas en materia de ascensos aplicables en la empresa, sin perjuicio de reclamar la diferencia salarial correspondiente. Estas acciones serán acumulables. Contra la negativa de la empresa, y previo informe del comité o, en su caso, de los delegados de personal, el trabajador podrá reclamar ante la jurisdicción social. Mediante la negociación colectiva se podrán establecer periodos distintos de los expresados en este artículo a efectos de reclamar la cobertura de vacantes.
3. El trabajador tendrá derecho a la retribución correspondiente a las funciones que efectivamente realice, salvo en los casos de encomienda de funciones inferiores, en los que mantendrá la retribución de origen. No cabrá invocar como causa de despido objetivo la ineptitud sobrevenida o la falta de adaptación en los supuestos de realización de funciones distintas de las habituales como consecuencia de la movilidad funcional.
El tema es que si estas dispuestas a llegar hasta el final. Dialoga con tu jefe, si no accede, puedes enseñarle este art. y hacerle ver que tienes razón, si tampoco accede, debes resolverlo en la vía laboral.
Problemas que se te presentan, si hablas con él del tema, y decide tomar represalias despidientote, no vas a tener solución, despido improcedente y fuera, al paro.
Si optas por la vía de la demanda, sin primero hablar con el jefe, por la Ley de Procedimiento Laboral, quedas protegida contra el despido una vez que inicias los trámites.
Tú decides. Te dejo enlace de como demandar a la empresa.