¿Se están riendo de mí?

Trabajo en una cadena de tiendas en barcelona. El caso es que llevo en esta empresa desde hace 4 años a tiempo parcial, antes eran 12 horas y desde hace un tiempo 14 horas a la semana. Sigo manteniendo la misma categoría con la que entré, ayudante de segunda, pero yo hago de todo; vendo, cobro, llamo al almacén, cierro y abro la tienda, cuadro la caja... ¿Esto es normal? ¿Me pertenece un ascenso de categoría?
Luego, otro tema, es que quiero ponerme a tiempo completo, y resulta, que ahora mismo hay una vacante en mi tienda ya que han despedido a un compañero, pues bien, me acaban de comentar que le van a dar la vacante a un chico nuevo que acaba de llegar, el cual está de refuerzo. ¿Legalmente no me pertenece a mí esa vacante al llevar más de tres años?
http://www10.gencat.net/treball_cnc/AppJava/fitxers/upload/catala/08012210/Comerc_Textil.pdf
Este es mi convenio, en el cual pone:
"Los trabajadores a tiempo parcial que hubieran prestado servicios como tales en la empresa durante un período de tres o
Más años, tendrán preferencia para la cobertura de aquellas vacantes a tiempo completo correspondientes a su mismo
Grupo profesional o categoría equivalente que existan en la empresa. A tal efecto las empresas deberán informar a sus
Trabajadores sobre las vacantes que pudieren existir"
Pero la duda me entra con el tema de que pone "grupo profesional o categoría equivalente" y como yo llevo desde que entré en la misma categoría no se si podrían alegar algo para dejarme sin el puesto.
Resumiendo:
- ¿Es normal que después de cuatro años y haciendo lo mismo que los demás siga siendo ayudante de segunda?
- ¿La vacante me pertenece? Si es así, ¿Cómo la puedo reclamar?

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Según el mismo convenio mismo que me has linkeado... el art. 8.2 habla de la pluraridad de funciones aunque sean de categoría inferior etc... eso licita que puedas hacer un poco de todo mientras tenga relación...
Efectivamente el convenio dice que tendrías preferencia en una vacante si llevas más de 3 años y la vacante es de mismo grupo y similar categoría.. ¿ese puesto cumple esto? ¿Lo qué quiere decir es que si esta persona entraría como ayudante de 2ª podrías reclamar dicho puesto... cómo? Pues tendrías que ir a rrhh y decirles que la vacante es de características similares a la tuya y que según convenio puedes optar a dicha vacacnte (por escrito claro) y a ver qué te dicen... si luego incorporarn a otra persona y sabes que hace cosas parecidas y que es´tá como ayudante de 2ª pues puedes denunciarlo... pero claro, ya te pones de malas con la empresa.. y siempre les va a costar menos despedirte con un salario de 14h que cuando les obligue un juez a incorporarte a jronada completa... así que si yo fuera RRHH y no quisiera que tú ocuparas ese puesto y me denuncias.. pues antes del fin de juicio te he despedido... así que cuidado, siempre seta bien preguntar e ir de buenas pero luego valora las consecuencias de medidas más drásticas aunque tengas razón.
Respecto a la categoría... sí tienes razón te corresponde más... ayte de 2º es el primer año, de 1ª el siguiente... y luego ya habla de vendedor de 2ª pero ahí te podrían poner el pero que "realmente" no vendes por ejemplo... pero técnicamente deberías ser mínimo ayte de 1ª. Por convenio desde luego, mira en el articulo de categorías... igualmente te diría que fueras de "tonta" a recursos humanos y haciéndote la que no sabe se lo deja caer a ver cómo respiran...
Respecto a la vacante.. a ver qué te dicen.. porque si ellos luego alegan y demuestran que este puesto es "diferente" de lo que tu haces (y eso es más o menos fácil de hacer) pues ya no tendrías razón en un juicio...
Mi consejo es de buenas que solicites la vacante... que te interesa ampliar horas y que has visto en el convenio "que lo puedes pedir", es más políticamente correcto que decirq ue pone que tienes preferencia... pero se enteran que te lo has leído... y otra opción es presionar con el comité de empresa si lo tienes...
Se me olvidaba, es una tienda de ropa!
Hola de nuevo.
Te explico, el puesto no es de ayudante de 2ª porque en esta empresa a todo el que entra a 40 horas lo suben a vendedor de 2ª directamente, pero actualmente el chico que acaba de entrar y yo, hacemos lo mismo, es más, si hubiera entrado a tiempo parcial tendría la misma categoría que yo. ¿Puedo reclamar o no? En el puesto pasaría a hacer las mismas cosas que hago ahora, ni más ni menos.
En cuanto a la categoría profesional, ¿se asciende por años sin importar que estés a tiempo parcial? Es decir, ¿cuenta lo mismo 1 año a tiempo completo que a tiempo parcial?
Si es así, al año de haber entrado tendría que ser ayudante de primera, y a los dos años de eso pasar a vendedora de segunda con lo cual debería llevar un año siendo vendedora de segunda, ¿me equivoco? Esto me interesa saberlo mucho, si es así, ¿podría alegar que el puesto es mío porque ya tendría que ser vendedor de segunda?
Y ya poniéndonos en lo peor, se me llegaran a despedir por reclamar lo que me pertenece, ¿podría pedir que me dieran la diferencia de sueldos de categoría que he dejado de percibir todos estos años?
a ver... ¿a ese nuevo le han hecho contrato indefinido? Porque optas al puesto... si ellos pueden alegar que es un empleo temporal... pues no tendrían por qué ofrecértelo a ti... y aún así que él tenga ahora otra categoría... pues te perjudica... si él seta como vendedor de 2ª... podrías reclamar en un juicio.. pero te llevaría tiempo, sin un resultado seguro... y cabrearías a todo el mundo... eso ya que te compense...
Se asciende por años... no tiene que ver que sea a jornada parcial. Un año es un año para ti y para el que trabaja 40 horas...
No es tan fácil, tú puedes decir lo que quieras... pero si ellos no te reconocen la categoría.. tu no puedes reclamar el puesto por categoría... y si ellos no quieren, tendría que hacerlo un juez, y hasta que el juez no reconozca que tienes categoría superior, pues no puedes reclamar lo otro... creo que ayte de 1ª lo tienes seguro... lo de vendedora de 2ª tendrías que demostrar funciones habituales o sobretodo de venta...
Solo puedes reclamar cantidades por un año... es decir la diferencia de lo que habrías ganado de ayte 2ª a 1ªcon jornada parcial, durante un año...
Veamos, punto interesante de lo que se asciende por años indiferentemente del contrato, ellos me querían hacer ver que no era así.
Creo que puedo demostrar sobradamente que vendo, ya que hay una cuenta a mi nombre y por ahí, según lo que venda me dan comisiones... Teniendo esto es fácil demostrarlo, ¿no?
Sinceramente, creo que voy a ir hasta el final, estoy harta de esta empresa, me he leído el convenio y, creo que se lo pasan por el forro, hablando mal y claro.
Algunas cosas que hacen y creo que no son legales según lo que pone en el convenio:
- No se permite trabajar más del 50% de la jornada en horas extras. Pues bien, eso sería 6 o 7 horas dependiendo si estaba a 12 o 14, pues he llegado a estar un mes entero yendo cada día 12 horas en rebajas. O más habitualmente, estar a 40 horas pero con contrato de 14...
- Las horas extras las pasan como "incentivos", así que imagínate que nominas tengo, donde los incentivos triplican el sueldo y, encima, yo en esas fechas ni siquiera tenía comisiones por ventas (ahora en las nóminas me aparece el apartado comisión)
- Era menor y me hacían hacer horas extras.
- Era menor y me hacían quedarme algunas noches para etiquetar.
- No me suben la categoría en 4 años.
¿Con todo esto no puedo hacer nada? Me parecería muy injusto que en caso de acabar mal todo esto no llegara a nada, ¿se pueden saltar los derechos del trabajador así sin tener consecuencias?
Por cierto, he preguntado a un abogado (legalitas) y me ha dicho que respecto a este párrafo:
"Los trabajadores a tiempo parcial que hubieran prestado servicios como tales en la empresa durante un período de tres o
Más años, tendrán preferencia para la cobertura de aquellas vacantes a tiempo completo correspondientes a su mismo
Grupo profesional o categoría equivalente que existan en la empresa. A tal efecto las empresas deberán informar a sus
Trabajadores sobre las vacantes que pudieren existir"
Dice que me pertenece aunque fuera contrato de vendedor de 2ª porque ahí habla grupo profesional, al cual yo pertenezco, ¿esto es correcto? Prefiero tener más opiniones, ya que no me fio mucho de legalitas...
Gracias, espero no ser pesada.
Respecto a lo de haber trabajado 40 h en rebajas... tendrías que ver en tu vida laboral si en esos períodos te han ampliado el porcentaje de reducción, esto es que aunque tu contrato pone 14horas a la seg social le interesa que tu jornada es del 30% de un trabajador de misma categoría a jornada completa... si lo hacen bien en esas fechas pueden ampliarte el % al 100 de modo que podrías cubrir esas horas... (a ver como todo esto se podría poner un poco en duda... pero también podría ser perfectamente, vamos, que revises tus % de jornada en la seg social por si te los han ido cambiando... )
Todo lo que dices TIENES QUE DEMOSTRARLO, es decir, que seas menor e hicieras horas extras tienes que demostrarlo (y a menos que existan fichajes) es raro que pudieras... y eso implicaría una multa a tu empresa, y ningún beneficio para ti...
En todo caso que fueras menor y trabajar horas extras y nocturnidad probablemente se te ha pasado de lejos el tiempo de denunciar porque ha prescrito...
Lo de la categoría, el de legalitas con la biblia en la mano puede tener razón pero hablamos de la puesta en marcha... si sigues doblando ropa, no has tocado una caja en tu vida etc... pues un juez no tiene por qué darte la razón en que te hagan vendedora por llevar por tiempo... puedes tener derecho a la categoría sin más... pero no al puesto de trabajo... eso desde luego es algo que la empresa puede luchar en un juicio y ganar...
Si quieres ir a por todas tus reclamaciones deberían ser, 1º por el reconocimiento de categoría y una vez un juez te diga que sí... (echale... 6-8 meses) puedes reclamar el puesto de trabajo que le han dado a otro.. pero tendrás que demostrar que tú has optado a él... lo que quiere decir que no vale solo que ellos no lo hayan publicado, si no que tinee que haber pruebas que tú lo has pedido... y con estas empiezas otro juicio... que si yo fuera tu empresa... pues en cuanto tengo la notificación de denuncia te despido con 45 días por año a razón de 14 horas semanales con categoría ayte 2ª, deposito la indemnización por lo que ya no corren salarios de tramitación... y ya a esperar el juicio... mientras tanto tendrás 2 duros de indemnización y el paro a razón de 14h es decir, poco...
Llega el juicio y ganas que tu categoría era ayte 1ª... pues entonces hay que calcular.. desde que pusiste la denuncia un año atra´s la diferencia... que tampoco será mucho... como atrasos, como te digo 1 año, a razón de 14h semanales.
Ah y claro ya no puedes reclamar la vacacnte... porque estás despedida...
Por eso te digo ...¿te compensa?
Leer el derecho laboral es muy fácil pero hay que contar con lo que la empresa pueda decir, y el juez pensar, que mientras te despiden y tus derechos se han reducido etc... y que el panorama laboral está fatal...

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