¿Afecta un incendio al contrato de arras?
Querría saber si tiene sentido incluir una cláusula en el contrato de arras penitenciales de tal forma que se deje sin efecto siempre y cuando exista un (por ejemplo) incendio.
Es decir, si en el periodo de la firma del contrato de arras hasta la venta de la casa, sucede un incendio y deja la casa afectada considerablemente, ¿se entiende que el comprador puede reclamar la devolución de las arras y dejar sin efecto la compraventa? No se consideraría vicio oculto puesto que en el momento de la firma del contrato de arras la casa no estaba afectada por este incendio obviamente.
1 respuesta
Respuesta de Juan Carlos Grisolía