Contrato compraventa expirado

Supongamos que pongo a la venta mi casa, con un contrato típico de compraventa, en el cual hay un limite de fecha para formalizar escrituras y una clausula de penalización con 3000euros por quien incumpla, pero el comprador no me entrega ningún dinero ni se especifica que es un contrato de arras penitenciales ni nada. Pues bien este vendedor no le da tiempo a buscar hipoteca y se pasa del tiempo. Después me entrega un dinero en concepto de "entrada vivienda" y dice que es una señal, y le doy más plazo para que busque hipotecas, en esto que no firmamos nada, ni prorroga, ni otro contrato ni inada,... Pero ahora dice que no le dan hipoteca y que le devuelva todo.
Al acordar entre los dos (mails), esta ampliación de tiempo y entrega de una señal, esa señal actúa como señal/entrada penitencial o como confirmatoria. Si vamos a juicio, nos basaríamos en el contrato firmado original, ¿o actuarían los correos electrónicos como pruebas de perfeccionamiento de contrato? En éste ultimo caso, serian arras confirmatorias o penales, Si es el primer caso, ¿le tendría que devolver el dinero? ¿O se le puede pedir que compre y si no puede...?

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Tsaludos
Tanto el contrato de compraventa como los correos deben tomarse en cuenta, en juicio, pero yo te hago una pregunta y cion esa respyuesta tu resolverás tu duda quien tuvo la obligación o culpa de que no se deira cumplimiento a lo pactado inicialmente, si fue tu cu`pa, entonces tienes que devolverle el dinero y pagarle una indemnización, pero si no estuvo en tus manos perfeccionar el acto jurídico, entonces no tienes porque devolverle nada y al contrario, tu cobrarle una indemnización por no cumplir lo pactado, piénsalo y hablamos después
Perdón Villarb.. te hice la misma pregunta que a otro experto,.. mira...
, supongamos que pongo a la venta mi casa, con un contrato típico de compraventa, en el cual hay un limite de fecha para formalizar escrituras y una clausula de penalización con 3000euros por quien incumpla, pero el comprador no me entrega ningún dinero ni se especifica que es un contrato de arras penitenciales ni nada. Pues bien este vendedor no le da tiempo a buscar hipoteca y se pasa del tiempo. Después me entrega un dinero en concepto de "entrada vivienda" y dice que es una señal, y le doy más plazo para que busque hipotecas, en esto que no firmamos nada, ni prorroga, ni otro contrato ni inada,... pero ahora dice que no le dan hipoteca y que le devuelva todo.
Al acordar entre los dos (mails), esta ampliación de tiempo y entrega de una señal, esa señal actúa como señal/entrada penitencial o como confirmatoria. Si vamos a juicio, nos basaríamos en el contrato firmado original, ¿o actuarían los correos electrónicos como pruebas de perfeccionamiento de contrato? En éste ultimo caso, serian arras confirmatorias o penales, Si es el primer caso, ¿le tendría que devolver el dinero? ¿O se le puede pedir que compre y si no puede...?
Gracias
Hola Villara,...
Soy más concreto. Yo soy el que en todo momento quiere venderle la casa, y se lo confirmo varias veces por e-mail, que estoy comprometido con él, y que la señal que me entregó está para eso, la tiene comprada y reservada, yo he cumplido en todo momento con él. Te adjunto el contrato original:
Contrato de compraventa
En XXX, a xx de marzo de 2009
Reunidos:
De una parte y como vendedor, XXX, mayor de edad con dni XXX, estado civil,.. y con domicilio en XXX
Y de otra parte en concepto de compradores, XXX mayor de edad, soltero, con DNI XXX.
Manifiestan:
1) Que el vendedor es propiatario de una vivienda sita en C:\ xxxxxxx, privincia de XXXX inscrita en el registro de la propiedad XXXXXX en pleno dominio de XXXXXXXXXX
Consta de cocina, salón, 3 dormitorios,...
2)Que la parte compradora ha visto los inmuebles antes descritos y encontrándolos en su entera satisfacción en su estado actual, esta interesado en comprarlos.
3) Que queriendo formalizar la compraventa de los citados inmuebles, lo llevan a efecto mediante el otorgamiento del presente contrato que se lleva a cabo de acuerdo las siguientes
Clausulas:
Primera. LA parte venderdora vende las propieadades descritas en la manifestación primera de este contrato, y la parte compradora las compra cuerpo cierto.
Segunda.-El precio de la presente compraventa es de xx0000 Euros que se entregaran a la firma de escrituras publicas y entrega de llaves que se formalizaran antes del día xx de junio de 2009.
Tercera.La parte vendedora manifiest que el inmueble objeto de la presente compraventa se encuentra grabado con una hipoteca a favor de la Caja XXXXXX un principal de xxx.000 euros, la cual se comprometen a levantar antes o en el mismo acto de la firma de escrituras publicas.
Asimismo, el vendedor manifiesta que el inmueble se entregará libre de cargas, gravámenes y arrendatarios y al corriente en el pago de contribuciones e impuestos comunidad de propietarios, a la firma de escrituras publicas y entrega de llaves.
Cuarta,- Todos los gastos que se deriven como consecuencia de la presente transmisión, tales como impuesto de transmisiones patrimoniales, escrituras de propiedad y registro, excluida plusvalía municipal si la hubiere, serán de cuennta de la parte compradora.
Quinta,.- En caso que la parte vendedora, o la parte compradora, no cumplan con lo establecido en este contrato tendrán una sanción de 6000 EUROS como indemnización a la parte afectada.
Él trata de acordar conmigo un nuevo contrato en el que si estoy conforme, después procederá a ingresarme una señal o "entrada vivienda". En ese momento le confirmé por mail que SI estaba conforme y el me ingresó la señal, y en otro mail me dice que el plazo como mucho será hasta un mes. Pero ahora, creo que ha encontrado viviendas más baratas y el comprador me ha confirmado más de dos veces por e-mail que renuncia definitivamente a la vivienda y le devuelva la totalidad de la señal. Esta es la modificación del contrato, que viene sin fechas limite y sin clausula quinta.Ya que en un mail dice que la elimina puesto que ya tengo una señal, no haría falta entonces poner esa clausula.
Ésta es la modificación que mete:
          SEGUNDA.- El precio de la presente compraventa es de XXX000 EUROS que se harán efectivos de la siguiente manera:
          -xx000 EUROS entregados con anterioridad a este acto, como señal y parte del pago, y que la parte vendedora confiesa tener recibidas. (Se adjunta justificante de transferencia bancaria)
          -El resto, es decir, xxx000 EUROS se entregaran a la firma de Escrituras Públicas y entrega de llaves.
Que luego incluso me entrega más señal aún por que se equivoca...
Y disculpa la tardanza, pero tuve un fuerte problema de salud, sin embargo y si estoy a tiempo,, quiero decirte que el contrato con las clausulas esta bien, dentro de lo que cabe, porque le hacen falta requisitos legales, sin embargo, dejame decirte que no te afectan, porque lo esencial lo incluiste y eso te respalda, quiero decirte que tu como vendedor, al realizar un contrato con alguien que compra, se compromete a lo que se establece y si tu como lo manifiestas en la clausula 5ta del contrato, si alguno de los dos incumple tiene entonces (el que incumple) pagar unsa sanción o los daños que se puedan causar, `por lo que tu ante los tribunales competentes, l al ser este un contrato privado de compraventa entre particulares, puedes exigirle que te pague los &, 000 EUROS y posteriormente rescindir odeshacer el trato, pero que te pague la sanción por incumplimiento y por daños personales, morales, ptrimoniales y familiares que te pudiera haber causado

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