Inquilino paga comunidad,la mancomunidad quien?

Yo soy prdopietaria de una vivienda y mi inquilino, el cual lleva viviendo en dicha vivienda mas de dos años, es quien paga la comunidad debidadmente estipulado en el contrato, el primer año el abono de la comunidad era de 44 Euros y a partir del año y medio subio a 54 Euros, me acaban de llegar unos recibos de la mancomunidad atrasados del primer y segundo año(es obra nueva)y al hacerle llegar los recibos me dice, que la comunidad si me la paga pero que la mancomunidad la paga el propietario, cuando la mancomunidad va incluida en el la comunidad y en el mismo recibo. Lo he preguntado y me han dicho que no es así, que la tiene que pagar el inquilino, pero no estoy muy segura. ¿Me podríais asesorar?

2 respuestas

Respuesta

En principio, si su contrato establece que el inquilino paga los "gastos de Comunidad", debe pagar todos los gastos, tanto de la Comunidad como de la Mancomunidad. Tan "comunidad" es la una como la otra.

De todos modos, habría que leer lo que dice el contrato exactamente, por si pudiera haber interpretaciones al respecto.

En el contrato esta estipulado que el inquilino se hará cargo de los gastos de comunidad de “ unos 50 € mensuales” osea que serian 50 € más o menos.Al ser una obra nueva, ya que podría decir incluso que la vivienda la estreno el, pues supongo que la mancomunidad no estaría totalmente en activo hasta que acabasen de terminar el resto de obra,así que Durante el primer año y medio estuvo pagando menos por ese motivo (44 €)y a partir del año y medio ya se empezó a pagar lo que debería que son (55 €). Entonces ahora me han pasado los atrasos del primer año y medio y no se si el inquilino pensara que son recibos distintos o que no están vinculados. Entonces antes de volver a hablar con el, quisiera estar bien enterada, porque es la primera vez que me encuentro con temas de mancomunidad supongo que igual que el.Le agradecería que me ayudase a resolver esta duda y poder comunicárselo al inquilino. Gracias

Su inquilino, según lo entiendo yo, está obligado a pagar lo que indica el contrato. Es decir, los 50 €. Además, esa cantidad se podrá ir actualizando año a año, si así lo han estipulado, del mismo modo que la renta (de hecho, se puede actualizar hasta el máximo de un porcentaje doble que el de actualización de la renta). Cabe, por tanto, que ahora deba pagar los 55 euros, como actualización de los 50 iniciales, tras aplicar dos años de incremento.

Respuesta

Es fundamental saber lo que se estipuló en el contrato, tenga en cuenta lo que ordena la ley, art 20: Para su validez, este pacto deberá constar por escrito y determinar el importe anual de dichos gastos a la fecha del contrato., por lo tanto si no se puso ninguna cifra ese pacto es nulo, si no se incluyó el importe de los gastos de mancomunidad no se puede incorporar ahora.

En el contrato esta estipulado que el inquilino se hará cargo de los gastos de comunidad de “ unos 50 € mensuales” osea que serian 50 € más o menos.Al ser una obra nueva, ya que podría decir incluso que la vivienda la estreno el, pues supongo que la mancomunidad no estaría totalmente en activo hasta que acabasen de terminar el resto de obra,así que Durante el primer año y medio estuvo pagando menos por ese motivo (44 €)y a partir del año y medio ya se empezó a pagar lo que debería que son (55 €). Entonces ahora me han pasado los atrasos del primer año y medio y no se si el inquilino pensara que son recibos distintos o que no están vinculados. Entonces antes de volver a hablar con el, quisiera estar bien enterada, porque es la primera vez que me encuentro con temas de mancomunidad supongo que igual que el.Le agradecería que me ayudase a resolver esta duda y poder comunicárselo al inquilino. Gracias

En una interpretación estricta de la ley, como ha podido ver, su inquilino leprodría plantear problemas incluso para seguir pagando lo actual, no hay una solución clara y tajante a mi juicio, por lo tanto parece que lo más recomendable es llegar a una solución transaccional por aquello de "Más vale un mal arreglo que un buen pleito" o la maldición gitana: "Pleitos tengas y los ganes". Transaccional viene de transigir, es decir ceder cada parte un poco.

En http://www.pedrohernandezabogado.com/ estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.

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