Comercio mayor VS Sociedad Limitada

Actualmente estoy de autónomo como comercio menor. Pagando un 5,2% de recargo de equivalencia pero sin llevar una contabilidad exhaustiva.

Me comenta el asesor que tengo que salirme de esta modalidad debido a que en comercio menor solo se puede facturar a empresas un 20%. Las opciones son comercio mayor o hacer una SL. En ambas debería tener una contabilidad mejor llevando el Iva repercutido y el Iva devengado.

Realmente no sé cual me conviene más y no sé cual es la ventaja u obligaciones de cada una. Mi facturación anual son más de 125.000€.

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Además de la cuestión de comercio al mayor o al menor, que implicaría el cambio de modalidad de tributación, lo que ha de tener en cuenta es el beneficio anual para determinar si sigue como autónomo en tributación directa (o directa simplificada) para el IRPF o constituye una sociedad limitada (puede ser unipersonal) pasando a tributar por Impuesto de Sociedades por los beneficios.

El IRPF tiene tramos, para el calculo del tipo impositivo y el impuesto de sociedades es a un tipo fijo (25%), pero luego sus rendimientos personales también han de tributar por IRPF, bien como reparto de dividendos, bien con factura de usted a la sociedad...

Además de la mejora de imagen de una SL, la limitación de responsabilidad (al menos en un principio), esta también el mayor gasto administrativo, constitución, etc...

Como norma general, a partir de los 45.000 € de beneficio anual, debe plantearse el constituir una SL, pero ese importe puede variar en función de su situación personal y familiar, su comunidad autónoma, etc... mire el tipo medio de su ultima declaración de IRPF y le ayudar a decidir.

Gracias Abogados Edo, esos son los cálculos a los que me refería para valorar qué me conviene más.

Digamos que facturo mucho por lo que el tramo máximo del IRPF, se me queda en un 44%, en la comunidad valenciana.

Por lo que dices me convendría crear una S.L., teniendo en cuenta que dejaría de pagar el 5'2% del recargo de equivalencia y que el IS pasaría a ser del 25%.

Ahora bien, dejaría de quedarme la diferencia entre el RE y el IVA, tendría unos gastos de contabilidad, lo que no es nomina tendría que quedarse en las arcas de la SL y después para sacarlo me cobrarían IRPF+19% en dividendos.

Todo esto sumado es lo que me hace pensar que no me conviene SL a pesar de estar pagando mucho IRPF, y no sé cual es la solución o si estoy equivocado.

Gracias

Debe ponerse en manos de un experto que le estudie su caso concreto y valorar todas las opciones y peculiaridades.

Por ejemplo, los autónomos no pueden deducir los gastos del vehículo, solo el 50% del IVA pero las sociedades si pueden deducirlo en la parte que se afecta a la actividad económica.

Además esta el tema del ahorro del recargo de equivalencia, la mejora de la imagen, la responsabilidad limitada, etc. que compensa los mayores costes administrativos.

Y es muy habitual también que el beneficio se invierta directamente por la sociedad, por ejemplo en inversiones... Además de la posible aplicación de reservas de nivelación o de capitalización, que hacen bajar el tipo impositivo.

Si usted esta pagando un 44% de IRPF, la diferencia del tipo impositivo con lo que pagara por sociedades, aplicadas las posibles reservas, es un diferencia muy importante que debe tener en cuenta...

Su asesor le puede hacer una simulación de los posibles ahorros...

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Hay una cuestión fundamental que tu asesoría, lo mismo que tú deberías de tener en cuenta. La aplicación del régimen de recargo es obligatoria, cuando efectivamente cumples las condiciones, no es algo que pueda ser a la carta, ahora sí ahora no, cuando se trata de una persona física es un régimen obligatorio. Ahora bien, esto desaparece cuando desarrollas la actividad a través de una sociedad.

Hay muchos factores a tener en cuenta, existe libertad de mercado para que te puedas organizar de la forma que a ti más te interese desde un punto de vista de ahorro fiscal.

Es cierto que una sociedad tributa al 25%, pero que gestionando bien, una pyme se puede ir al 20% aplicando ciertos incentivos.

Por otro limita la responsabilidad, que es otro factor a tener en cuenta. Pero constituir una sociedad, no es ir a un PAE y ver lo más barato, hay que hacer un análisis previo, ver quienes serán los socios y cómo participan, ver si se deben de incluir pactos parasociales, ver que salario debo de percibir como administrador, comprobar el impacto en la tributación sociedad-socio, para obtener ahorros fiscales, saber que conforme al Art. 18 de la LIS cuales son las operaciones vinculadas que me afectarán, etc.

Es cierto que una SL exige mayor control del negocio con una contabilidad detallada, pero esto también es bueno para ti. A mis clientes les exijo un gran control en ese sentido, con chequeo mensual de su actividad, control de ingresos y gastos, y conciliación bancaria, para detectar faltas de cobros o descubrir gastos que por descuido omiten darme. La información es poder, y un buen análisis DAFO de la actividad te reportará beneficios. Un asesor no puede limitarse a cumplimentarte unos impresos.

También hay que analizar que el RE te permite ese ahorro que bien comentas entre el IVA repercutido e iva soportado que te quedas, pero que tienes que evaluar cuando es rentable o no, según margenes comerciales. Yo he desarrollado una herramienta en Excel para analizar cuando a mis clientes, les puede interesar o no, o si les interesa un híbrido, etc.

He visto que estás bastante informado, por lo que necesitas sentarte con tu asesor y resolver todas las cuestiones. Si preguntas por aquí es que quieres una segunda opinión o es que tienes dudas de tu asesor y esto último no es bueno.

Si precisas contactarme a nivel privado, puedes hacerlo en [email protected]

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A parte de que lo del 80% o más del 20% como lo quieras comentar se refiere más bien a "consumidores finales" ya que si hablásemos de empresas también incluiría los autónomos y con lo cual por ejemplo una ferretería nunca estaría en recargo de equivalencia lo cual es incorrecto.

En el tema del IRPF teniendo en cuenta que posiblemente teniendo una nomina puedes bajar la facturación seria cuestión de hacer cálculos que a partir de unos 50.000 de beneficio puedes sopesar

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Supongo que ahora estás como autónomo.

El tema de sociedad al por menor o al por mayor es para el IAE.

Una vez que confirmes en el IAE que tú actividad es al por mayor, la siguiente decisión es mantenerte como autónomo o constituir una SL.

En efecto estoy como autónomo.

Pero dentro de autónomo mi actividad económica es Módulos de comercio al por menor, así me lo comunica el asesor.

Mi pregunta, es ¿Qué modalidad interesa más fiscalmente? Porque tengo que cambiarme a una de las dos comentadas preciso y no se con cual acabaré pagando más impuestos.

Lo primero es definir si tú actividad es mayorista o minorista.

Una vez lo anterior este claro, definir si montas una SL tributando por ISS o sigues como autónomo es un tema fiscal y si tú asesor, que tiene datos concretos, no puede asesorarte fehacientemente, mejor cambia de asesoría.

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