Rehacer vallado en zona de policía camino

Debo rehacer 100 metros lineales de un vallado que tiene unos 40 años hecha - por lo menos originariamente - con malla de simple torsión y setos aunque ahora es todo una maraña de setos, zarzas y vegetación autóctona.

Dicha valla separa la finca de un camino de servidumbre y sin salida (pocos vecinos)

Hice la consulta al ayto y se me indica que las vallas deben estar a 5 metros del centro del camino (zona de policía) y resulta que la que existe está a tres metros (se puso en la década de los ochenta). Que si está dentro de la zona de policía puedo "hacer pequeñas reparaciones que requieran la higiene, ornamiento y conservación"

¿La sustitución entera (retirada de la vieja valla y toda la vegetación existente) no puede pasar por una reparación de higiene y conservación?

Colocar la nueva a cinco metros es del todo inviable ya que mi terreno no es regular y la nueva ubicación solo me dejaría un paso de menos de dos metros entre la nueva valla y la vivienda.

Hablé con un constructor y me sugirió que rehiciera toda en la ubicación actual que no va a denunciar nadie ya que esa reparación va a ser beneficiosa para los payeses ya que con la maleza que hay ahora hace el camino estrecho.

No sé a que atenerme. Lo que está claro es que el vallado actual necesita ser sustituida y que debería ser en la ubicación actual.

¿Cómo lo ven?

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Necesitaría más datos, por qué debe usted reparar esa valla.

No te entiendo. Porque debo reparar esa valla? porque está en mal estado, lleno de agujeros y vegetación que la hace muy fea. Separa el camino de mi jardí y por ende mi vivienda.

Ese es el fundamento práctico pero yo me refiero al fundamento jurídico, ¿también el beneficiario de esa servidumbre puede estar obligado a esa reparación?

Seré más claro con el tipo de camino, es de titularidad pública según el catastro, tiene número de parcela 90xx.

Lo de servidumbre lo he dicho yo porque es un camino que no tiene salida y que solo da acceso a unas pocas fincas.

Entonces el planteamiento es completamente distinto, se trata de reparar la cerca que delimita su propiedad, tendrá que solicitar licencia municipal para ello y el ayuntamiento se la tendrá que conceder o denegar con fundamento jurídico, que usted podrá impugnar si lo considera equivocado.

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