Excursiones y viajes escolares son sinónimos en un convenio regulador?
En el convenio regulador que tiene mi marido con su ex mujer sobre el hijo que tienen en común pone que los viajes escolares son considerados gastos extraordinarios y deben abonarlo al 50% ambos progenitores.
El problema es que según ella un viaje escolar es también una simple excursión de un día a un museo o similar, y hemos leído que las excursiones son gasto ordinario y por tanto incluido en la pensión.
En estos casos y según la jurisprudencia, la palabra"viaje escolar" suele ser también excursiones o se ciñe a la exactitud de la palabra y son sólo viajes, es decir, ¿con al menos una noche de pernocta?
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Respuesta de Edita L.