I. Hola Pachy, tengo entendido que cada incapacidad permanente temporal, para ser percibida, solo impide trabajar dentro de la labor que desempeñe la persona enferma, pero a su vez, esta puede trabajar en otras labores distintas y seguír cobrando la IPT.
Es en esencia como usted ha pensado, tendria que quedarse solo con una pensión, y solo con uno de los trabajos que valore realizar, pero siempre uns sola pensión por IPT y un solo trabajo, o bien dejar de trabajar.
Por ejemplo, una persona cuyo trabajo es albañil o minero, como ssbr la IPT no le incapacita para ser panadero o dependiente en una tienda de ropa; podrá serlo y mientras cobrar la pensión.
Sirviendonos de este ejemplo, en el caso de que la misma enfermedad que le impidió trabajar en la albañilería, también le impida ser panadero o cocinero (un problema de cadera o muscular), creo que la persona tendrá la opción de dedicarse a otra labor más pasiva a nivel físico (por ejemplo administración, o contabilidad), o bien no trabajar en nada, pero nunca percibir dos pensiones.
Así, en su caso, creo que podría plantearse un tercer trabajo, diferente al de conductor, diferente también a su trabajo inicial en la construcción, o bien como deciamos, no trabajar.. por desgracia creo que funciona de esta manera pero tampoco estoy seguro.
Disculpe si la explicación es larga y expone detalles que usted ya conoce.
Mientras le responde un experto, puede revisar este enlace, que explica bastantes entresijos del funcionamiento de las IPT. Ruego disculpe las molestias.
https://www.abogacia.es/2017/03/27/la-incapacidad-permanente-absoluta-compatibilidad-con-el-trabajo/