Cambio cerradura de piso deshabitado

Situación: Ante notario se formalizó compra-venta de nuda propiedad de un piso heredado. Ahora el usufructo se ha extinguido por fallecimiento. Las llaves las tiene una tercera persona y parece que no tiene intención de entregarlas a su dueño. La vivienda no está habitada en la actualidad. ¿Sería legal que el propietario cambiara la cerradura para disponer de su plena propiedad?

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Respuesta

Lo primero recomendarle se ponga en manos de un abogado que les estudie su caso concreto.

Esto puede ser una cuestión delicada, si hay alguien viviendo en el inmueble... lo que puede suponer la necesidad de un procedimiento judicial para conseguir la posesión del inmueble.

El piso estuvo alquilado durante años pero hace unos dos meses que la familia residente se fue y desde entonces el piso está con toda seguridad vacío.

Esto es un caso que debería estudiar con un abogado y los posibles problemas legales que tendría el cambio de cerradura.

Si usted cambia la cerradura y si las personas volvieran podría usted tener un problema por no tener la posesión del inmueble. Deberían ir al juzgado a solicitar la posesión del mismo.

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