IRPF – Declaración vivienda por herederos – con y sin disposición
El matrimonio formado por D. A y Da M (en gananciales) eran propietarios (50 % cada uno) de su vivienda habitual. Tenían 3 hijos.
Al fallecer D. A sin testamento se ha hecho una declaración de herederos pero sin atribución de los bienes de la herencia, para que la viuda pueda disponer de ellos como antes del fallecimiento.
Entiendo que fiscalmente ahora la viuda tiene su 50 % del piso y el usufructo legal sobre un tercio de la otra mitad. Cada uno de los 3 hijos tiene un sexto de la propiedad del piso, pero un tercio del sexto de cada uno solo en nuda propiedad, mientras viva la viuda o no le compren su derecho de usufructo.
El piso es la residencia habitual de la viuda y de un hijo.
Los otros dos hijos tienen sus propias viviendas habituales, y aunque sean propietarios de una porción del piso no tienen ningún de derecho de disposición ni de arrendar ni de ocupar parte del piso, ya que el piso constituye la vivienda habitual de otras personas (su madre y el otro hermano). Ya entrar sin su permiso constituiría un allanamiento de morada.
¿Cómo deben rellenar exactamente el impreso de declaración del IRPF cada una de estas 4 personas? Qué porcentajes de propiedad deben indicar exactamente, ¿teniendo en cuenta el usufructo de la viuda? ¿Los 3 hijos lo rellenan como propietarios de una porción o como nudo propietarios?