Lo primero recomendarle se ponga en manos de un abogado que le estudie su caso concreto. Las herencias son complejas. Si lo desea, puede encontrar información de nuestro despacho jurídico en nuestra web.
Como norma general, lo primero será apoderar en el Consulado de España en Venezuela a un abogado para que pueda ayudarles con la tramitación. Además si ustedes no deponen de número de DNI español, hay que tramitar un Numero de Identificación Fiscal.
Es importante estudiar bien antes de aceptar, pues se aceptan los bienes y las deudas... Y si no es interesante aceptar (por tener deudas), hay que hacer una renuncia en notaria.
Hay que saber si hay testamento o no... y en caso de que no lo haya, se ha de tramitar la declaración de herederos.
En cuanto al tema de los impuestos, hay que pagar impuesto de sucesiones, que aunque se tramitara conforme a la normativa de la Comunidad Autónoma, se ha de presentar el modelo nacional, que es algo más complejo. Y como parece que han pasado más de seis meses, ira con recargos.
La adjudicación de la herencia supone además el pago de notario y registrador, pero es especialmente importante el pago de la plusvalía municipal, que también ira con recargo.
Y por ultimo, mientras sean propietarios de un inmueble en España, han de presentar declaración de no residente, anual si no lo ponen en alquiler (imputación de rentas) y trimestral si lo ponen en alquiler.
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