¿Pueden subir cuotas comunitarias sin que aparezca en el Orden del día y con carácter retroactivo?

Mi pregunta es que en el punto sobre aprobación del presupuesto, ¿se tomo la decisión de subir cuotas y que el 4 trimestre paguemos cuota nueva más la diferencia de las 3 cuotas anteriores?

¿Es legal? Teniendo en cuenta que no se especificó en e Orden del día.

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Aparecía como punto en el orden día estado de las cuentas o algo similar.

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La aprobación del presupuesto anual lleva implícita la aprobación de las cuotas.

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