Tiene que ser firme una sentencia para empezar a incurrir en intereses procesales?
Si una sentencia no es firme y cabe recurso de apelación, una vez se rechace la admisión de ese recurso de apelación o se admita pero se vuelva a confirmar dicha sentencia o bien no se haga nada y el propio Juzgado la convierta en firme, desde cuando se contarían los intereses procesales (legal más dos puntos), ¿desde la sentencia firme o desde esa primera no firme?
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Respuesta de Pedro abogado
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