A quién corresponde ser presidente en una comunidad de vecinos.

Próximamente se va a convocar una junta de propietarios, y formar los cargos de gobierno de la comunidad, en la anterior convocatoria ocupe el cargo de presidente y en esta no quisiera repetir con el mismo cargo. El cargo de presidente se tiene que ocupar de forma rotativa o te pueden obligar a repetir.

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Art. 13.2

2. El Presidente será nombrado, entre los propietarios, mediante elección o, subsidiariamente, mediante turno rotatorio o sorteo. El nombramiento será obligatorio, si bien el propietario designado podrá solicitar su relevo al Juez dentro del mes siguiente a su acceso al cargo, invocando las razones que le asistan para ello. El Juez, a través del procedimiento establecido en el artículo 17.3 resolverá de plano lo procedente, designando en la misma resolución al propietario que hubiera de sustituir, en su caso, al Presidente en el cargo hasta que se proceda a una nueva designación en el plazo que se determine en la resolución judicial.

Usted sabrá como lo tienen aprobado

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