Presidente que no convoca junta ordinaria

En la comunidad de propietarios donde vivo no se convoca junta ordinaria desde hace 2 años, no teniendo por tanto constancia del estado de las cuentas, ni habiendo cambio de presidente en ese tiempo. Al principio pensamos que era cosa del administrador, y hablamos que lo mejor era cambiarlo, (el único que no estaba interesado en el cambio era el presidente) pero decidimosesperar a la finalización del contrato (31 de Diciembre).

El problema que surge, es que hemos solicitado por escrito al presidente de la comunidad a finales de noviembre la convocatoria de junta extraordinaria con los puntos: rescisión del contrato del administrador, y estado de cuentas y nos ha respondido que se celebrará cuando estén preparadas las cuentas.

Cuando finalmente se convoque la reunión, ya habremos superado la fecha de finalización de contrato e iniciado un período anual nuevo. Mi pregunta es: se puede rescindir igualmente alegando el no haber presentado las cuentas en dos años, ¿sin necesidad de indemnizar por incumplimiento de contrato? ¿Y el no haber realizado junta ordinaria en dos años? Entiendo que el deber de convocarla es el presidente, pero creo que entre los dos hay algún tipo de "amistad".

¿Cuáles serían los pasos a seguir por los vecinos para que se pueda cambiar de presidente y de administrador?

2 Respuestas

Respuesta
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Usted está culpabilizando al administrador, y este no tiene culpa alguna de que no se convoquen juntas. Es el presidente quien debe convocarla, indicándole al administrador-secretario que confeccione el acta de la junta .

Por lo cual a quien deben de echar es al presidente.

Consejo: escriba carta o e-mail al administrador y le indica que como el presidente no convoca la junta anual ordinaria según lo estipulado en el art.16, deje de girarle a su cuenta la cuota mensual hasta el momente que se convoque junta.

Le indica que ha comunicado a su entidad que no abonen dicha remesa

Respuesta

Si tienen el apoyo del 25% de propietarios (o de cuotas de participación), pueden convocar ustedes mismos la junta y destituir al administrador y, si quieren, también al presidente.

Y para el tema del contrato del administrador, se podría considerar una causa justa de rescisión el no haber presentado cuentas en 2 años? Obviamente él alegará que el presidente no las ha pedido...

Las cuentas las presenta en junta y las juntas las convoca el presidente o el 25% de los vecinos. Si nadie lo ha hecho...

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