Presidente que no convoca junta ordinaria
En la comunidad de propietarios donde vivo no se convoca junta ordinaria desde hace 2 años, no teniendo por tanto constancia del estado de las cuentas, ni habiendo cambio de presidente en ese tiempo. Al principio pensamos que era cosa del administrador, y hablamos que lo mejor era cambiarlo, (el único que no estaba interesado en el cambio era el presidente) pero decidimosesperar a la finalización del contrato (31 de Diciembre).
El problema que surge, es que hemos solicitado por escrito al presidente de la comunidad a finales de noviembre la convocatoria de junta extraordinaria con los puntos: rescisión del contrato del administrador, y estado de cuentas y nos ha respondido que se celebrará cuando estén preparadas las cuentas.
Cuando finalmente se convoque la reunión, ya habremos superado la fecha de finalización de contrato e iniciado un período anual nuevo. Mi pregunta es: se puede rescindir igualmente alegando el no haber presentado las cuentas en dos años, ¿sin necesidad de indemnizar por incumplimiento de contrato? ¿Y el no haber realizado junta ordinaria en dos años? Entiendo que el deber de convocarla es el presidente, pero creo que entre los dos hay algún tipo de "amistad".
¿Cuáles serían los pasos a seguir por los vecinos para que se pueda cambiar de presidente y de administrador?