Empresa con cif revocado y baja en registro. ¿Me pueden pedir algo?
La empresa que teníamos mi mujer y yo fue mal y la dejamos sin actividad hace 7 años. Al tiempo dejamos de presentar el impuesto de sociedades, que era 0. Este año hacienda nos ha dado el toque y ha comunicado que puesto que llevábamos 3 años sin presentar dicho impuesto, iba a dar de baja la empresa en el Registro. Le dijimos que OK. Que debíamos pagar 3 multas por esos 3 años y presentar dichos impuestos, lo que también hicimos. Y que nos revocaban el cif, lo que también dijimos que ok. Ya hemos pagado las 3 multas. Ahora mi pregunta es la siguiente. Una vez que tengo el cif revocado, la baja de oficio en el registro, y las multas pagadas...¿Me puedo olvidar de la empresa? ¿Puedo, digamos, vivir como si en la practica ya no existiera, y tener la tranquilidad de que no me van a reclamar nada más en principio? Si hay que hacer algún tramite más para olvidarnos, ¿es realmente necesario? No estamos sobrados de dinero, así que queremos saber si realmente es necesario hacer algo más