Remolque para vehículo y ampliación de seguro de auto.

Quisiera saber si al poner una bola de enganche de remolque a un vehículo (para llevar remolques menores de 750 kg, lo permitido en carnet) o portabicis de bola, hay que notificarlo al seguro como un extra, o queda cubierto en la misma póliza.

Tengo mis dudas, pero también es cierto que cuando se compra un portaequipajes de techo o se instala un cofre, no se notifica nada.

A la espera de sus noticias.

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Jose Ignacio,

Todo dependerá de la póliza que tengas, pero como norma general, en compañías de las consideradas principales (Mapfre, Allianz, Axa... etc) suelen cubrir una cantidad en extras sin necesidad de declararlos en póliza (suele ser entre 600-1600 euros dependiendo de la compañía), por lo que por la parte de los daños propios lo cubrirías por ahí si tu póliza tiene ese "plus"

En lo refrerente al remolque arrastrado, las compañías "tradicionales" (con esto quiero decir que no cuento con las low cost tan de moda ahora) en la Responsabilidad Civil Voluntaria suelen cubrir el arrastre de remolque de menos de 750 kg.

Es importante también que te fijes en la garantía de Asistencia en Viaje, para saber si en caso de necesitar asistencia al vehículo también te asisten al remolque que arrastres.

Si leyendo tu póliza no consigues aclarar o localizar los puntos donde hace referencia a estas coberturas lo mas recomendable es que te pongas en contacto con tu agente y que te explique el alcance de las coberturas de tu poliza en estos supuestos.

Hola,

No entiendo cuando dice: suelen cubrir una cantidad en extras sin necesidad de declararlos en póliza (suele ser entre 600-1600 euros dependiendo de la compañía), por lo que por la parte de los daños propios lo cubrirías por ahí si tu póliza tiene ese "plus".

¿solo cubría hasta 1600€ de daños?

Es decir, si cayera el cofre o el portabicis de bola, ¿quedaría cubierto en la poliza?.

Un saludo. 

No, cuando hago referencia a extras en este caso el extra seria el propio gancho. El capital que aparece sería el limite para todos los extras que tenga el coche y no estén declarados en la póliza. Los que comentas son elementos transportados, no son el propio vehículo. Ahí la cobertura que tendrías (si la póliza lo cubre) sería la RC por objetos transportados o remolcados (con los limites y restricciones que indique la póliza).

¡Gracias!

Perfecto. Entiendo que si cayera algún objeto del vehículo, ya sea del portaequipajes superior o del portabicis de bola, quedaría cubierto por la responsabilidad civil de la póliza, ¿cierto?.

Un saludo.

Estará cubierto si la póliza así lo indica y siempre y cuando lo que "enganches" sea un remolque o dispositivo homologado. Debes revisar la garantía de Responsabilidad Civil Voluntaria y comprobar si esta incluido o no esta excluido.

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Se debe comunicar a la Cia estos componentes, hay que tener en cuenta que sobrepasan los límites del vehículo y que agravan la Responsabilidad Civil. También, si esta cubierto con daños Propios por ser elementos incorporados a efectos de ITV.

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Hay seguros que ya lo cubren directamente sin pagar ningún extra, siempre que la bola esté homologada.

Por ejemplo el de SegurosGirona.com

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