Pueden obligarme a cambiar de lugar de trabajo?

Me acaban de comunicar que la tienda en donde trabajo cierra, quieren reubicarme en otro centro que me queda a casi 40 km de mi casa y tardaría casi 2 horas en llegar en transporte público ya que no tengo coche, ¿estoy obligada a aceptar este traslado? ¿Si lo rechazo recibiría algún tipo de indemnización?

2 respuestas

Respuesta

Habría de verse el contrato primero para ver si, dentro de las cláusulas adicionales, se pacta o regula algo respecto a la movilidad geográfica.

En casos como este de movilidad geográfica, por regla general, el trabajador tiene tres opciones, y una de ellas es la que usted plantea, la de rechazarlo. En dicho caso, la indemnización que le correspondería sería de 20 días de salario por año de servicio, con un tope de 9 mensualidades.

Sí es cierto que si la empresa se niega a tramitarlo así el asunto acabaría en el Juzgado, pero generalmente las empresas aceptan porque supone poner fin a un contrato de trabajo con una indemnización de 20 días equivalente (excepto en los topes) a la del despido procedente.

Quedamos a su disposión por si desea contar con nuestro despacho para este asunto en nuestro email [email protected] así como en el teléfono 951 71 50 41.

Muchas gracias por su respuesta, en mi contrato si hay una cláusula de movilidad geográfica y pone que me pueden mover a cualquier punto del territorio español, lo firme en 2014, entonces entiendo que si rechazo la reubicación no tendría derecho a la indemnización, ¿no? Gracias otra vez por su respuesta

En dicho caso es posible que la empresa se pudiera agarrar a tal cláusula de cara a una discusión jurídica, pero nada impide que, de mutuo acuerdo, la empresa aceptara tal extinción indemnizada de contrato, pues también habría que ver el alcance que tiene tal cláusula.

Respuesta

Efectivamente habría que ver la cláusula y negociar con la empresa su extinción del contrato.

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