Pueden embargar la pensión y en que cuantía

Alguien puede explicarme si pueden embargarte la pensión de la seguridad social, y si es así, ¿qué parte de la pensión y en que cuantía?

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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un abogado que le estudie su caso concreto.

El Salario Mínimo, que esta fijado en 950 € mes para catorce pagas, en el año 2020 no se puede embargar. El resto seria embargable conforme a ley, luego un 30% del siguiente tramo de Salario Mínimo.

Pero tenga en cuanta, que lo que tenga en el banco, se considera ahorro y por lo tanto, se puede embargar. Al igual que cualquier otro bien que usted tenga.

Entiendo que si la pensión es de 1600 euros los primeros 950 no se pueden embargar, pero de los 650 restante se embargarían el 30%, es así?

Gracias por su respuesta.

Entiendo que si la pensión es de 1600 euros, los primeros 950 euros no se embargarían, pero de los 650 euros restantes se embargan el 30 % es así?

Gracias por su respuesta

Como ya le hemos recomendado, debería ponerse e manos de un abogado que le ayude con su caso concreto.

Efectivamente seria embargable el 30 % del siguiente tramo del SMI, y también podrán embargar la misma proporción de las pagas extras.

Agradecemos valoración y cierre de la pregunta.

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