Ceder en vida vivienda con hipoteca

De un familiar a ver si pueden ayudarme.

Señora divorciada con dos hijos propietaria de dos viviendas.

Recientemente ha usado una de las viviendas como garantía hipotecaria de un credito solicitado por uno de sus hijos.

Quiere ceder ambas viviendas en vida a dicho hijo pues con el otro no mantiene contacto desde hace 15 años y por nada del mundo quiere que cuando fallezca venga por algo que no le corresponde.

¿Puede hacer esa cesión?

¿Qué coste conlleva?

¿Lo mejor es que lo haga un abogado o un notario?

2 respuestas

Respuesta
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Tiene que preparar todo muy bien con un buenísimo abogado.

La donación del piso al 'hijo bueno' tiene que hacerla de forma "no colacionable", es decir de forma que el 'hijo malo' no puede pedir compensación por ese piso, es decir, que el piso no entre en la herencia.

Lo de desheredar al 'hijo malo' es difícil porque una cosa es decir que no nos llevamos bien y otra que tengan denuncias reales de maltratos, etc. Porque no nos hablamos y no aparece por casa el hijo malo... es... difícil desheredarlo. En la práctica aparecen "hijos nuevos y sorpresa" que quieren concurrir a la herencia y heredan.

Por eso le digo que se ponga en manos de un buenísimo abogado, que se haga cargo de lo que ustedes quieren y que sepa hacerlo bien.

Respuesta

Lo primero recomendarles se pongan en manos de un abogado que les ayude y estudie su caso concreto.

En España, como norma general, no se puede desheredar a un hijo que es un heredero forzoso, aunque si en determinados casos, pero hay que estudiar incluso posible legislación de aplicación.

Lo que usted llama ceder, en realidad es donar a cuenta de la futura herencia y en la escritura notarial se ha de indicar expresamente que no es colacionable. Pero tenga en cuenta que el hijo que no recibirá nada en la herencia puede reclamar su legitima... lo que complicaría mucho la sucesión.

En estos casos, además se suele hacer un testamento indicando expresamente el motivo de no dejar nada al otro hijo.

Además, han de tener en cuenta el tema de la hipoteca, que deberían estudiar como se modifica con el banco...

La señora ya ha dejado en testamento su deseo de desheredar a uno de sus hijos por no preocuparse de ella, abandonarla y despreocuparse de ella durante 15 años.

Nos consta que haciendo la donación no elimina el derecho del otro hijo en reclamar su legitima, pero ya es algo que debería promover el con abogados y demás y dudo se entere el día que fallezca la mujer.

Respecto a la hipoteca de la casa, solo esta puesta la vivienda en garantía la hipoteca como tal esta a cargo de su hijo, no modificaría nada respecto al banco.

¿En cuánto al proceso hay un precio fijo según la comunidad autónoma o como se calcula los gastos que ocasinaria esa donación?

Gracias

Como ya le hemos indicado, debe ponerse en manos de un experto que le ayude con su caso concreto.

La donación de un inmueble supone el pago del impuesto de donaciones conforme a la normativa de la comunidad autónoma, puede haber bonificaciones normalmente. Se debe hacer en documento publico (notario) y además tendrán que pagar los gastos de Registro de la Propiedad y la Plusvalía Municipal.

Pero ´también la madre ha de incluir en su renta el incremento patrimonial que se genera con la donación.

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