Desgravar instrumentos musical como profesora de música.

Me tengo que comprar una guitarra. Soy profesora de música y quisiera saber si puedo desgravarme como gasto en el trimestral del irpf la compra de la guitarra.

2 Respuestas

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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un experto que le ayude con su caso concreto.

Como norma general, al ser necesario para generar ingresos, si es un gasto deducible.

En nuestra opinión se trata de un inmovilizado, por lo tanto, se ha de contabilizar como tal y amortizar. Aunque posiblemente usted lo pueda amortizar fiscalmente en este año.

Ante todo gracias por responderme. Entonces entiendo que puedo ponerlo como gasto en el modelo 130 trimestral, no?. La guitarra me cuesta unos 1070€ y como no declaro iva, sería ponerlo como gasto en mi declaración trimestral. 

Como ya le hemos indicado, debería ponerse en manos de un experto que le ayude con su caso concreto.

Efectivamente puede incluirlo como gasto deducible en el modelo 130 por el total de la factura, pues el IVA es mayor gasto para usted.

Contablemente es un bien de inversión, que usted amortiza todo en este año acogiéndose a la libertad de amortización para empresas de reducida dimensión.

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