Devolución de señal contrato de arras

Les expongo mi caso. En julio del año pasado firmamo un contrato de arras para la compra-venta de una vivienda, entregando como señal 6000€ a la inmobiliaria intermediaria. En ese contrato se especificaba que si "la parte vendedora no comparecía para la otorgamiento de la escritura pública [...] estaría obligada a devolver el doble de la cantidad percibida".
En este contrato se especificaba que la finca se vendería libre de cargas y al corriente de todos los impuestos a cargo del vendedor. Precisamente por estos motivos se ha ido prorrogando este contrato de arras hasta la actualidad.

En octubre del año pasado, teniendo aprobada la financiación por nuestra parte y a espera de fecha de firma de escritura de compra-venta, la inmobiliaria nos solicitó traspasar la señal que ellos tenían al vendedor aduciendo que necesitaba el dinero para realizar la mudanza. Nosotros dimos nuestro consentimiento por escrito asesorados por la inmobiliaria porque nos comunicaron que la escrituración era inminente y que ya se habían realizados todos los trámites. De hecho, el acta de información precontractual se firmó ante notario unas semanas después.

Pero a partir de ahí todo se ha ido complicando porque días antes de firmar el banco poseedor de la hipoteca vendió la misma a un fondo de inversión. Desde entonces, hemos ido prorrogando el contrato de arras y a día de hoy las cargas que gravan sobre la finca no se pueden satisfacer con el precio de compra-venta pactado. El vendedor tampoco dispone actualmente de liquidez para hacerles frente. Nos han propuesto elevar el precio de compra, cosa a la que nos hemos negado y nuestro miedo viene a no poder recuperar el dinero que dimos. La inmobiliaria nos ha dicho que el vendedor ya no dispone de la señal.

En este caso, ¿podríamos denunciar a la inmobiliaria? Entendemos que la inmobiliaria sabía de la situación de su cliente y todo lo que lo rodeaba.

Perdón por lo farragoso de la exposición pero hemos intentando resumirlo al máximo posible.

2 Respuestas

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Lo primero recomendarles se pongan en manos de un abogado que les ayude con su caso concreto.

Hay que estudiar la documentación que ustedes tengan firmada, para ver como proceder a reclamar estas arras. Y seguramente tendrán que hacerlo mediante procedimiento judicial, que aunque ganen, si el vendedor no tiene ingresos les resultara complicado recuperar, pues anotar un embargo más en la vivienda, posterior a la hipoteca, no le solucionara el problema.

Las inmobiliarias, en muchos casos (no todas) miran solo por sus intereses y realizar operaciones, pero no son responsables legalmente de muchas de las cuestiones que hacen y ustedes deberían haberse puesto en manos de un abogado que les asesore.

En muchos casos, es mejor negociar una devolución de las arras, aunque no le den el doble, mediante un reconocimiento de deuda.

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El caso es sencillo, usted con ayuda de la inmobiliaria iba a comprar una casa que tenía una hipoteca. Es muy normal comprar una casa con una hipoteca, pues esta se cancela antes e, inmediatamente después, se hace la escritura de compra-venta y su hipoteca. Ese caso no tiene problema, ya le digo que es de lo más normal.

El problema es que la casa que iba a comprar, además de con hipoteca estaba embargada, si no, ¿de qué va a vender el banco la casa a un fondo de inversión? Lo ha vendido porque estaba en proceso de embargo. Luego, usted David comprador, no puede comprar una casa a Juan vendedor, porque Juan no tiene casa que vender, pues es ya del fondo de inversión.

Todo ha sido una mala suerte pues en el proceso de compra no le ha dado tiempo a Juan a solucionar la deuda que tenía con la casa, estaban a punto de embargarle.

Juan y la inmobiliaria HAN INTENTADO ENGAÑARLE, pues Juan sabía que la casa tenía una deuda y la inmobiliaria también.

Solución: una amistosa, que la inmobiliaria le devuelve las arras o le busca otra casa, porque usted, en realidad, no ha comprado nada aún. Una solución contenciosa (por las malas) es denunciar, como dice el Abogado Edo y reclamar, pues una casa en proceso de embargo no se puede comprar hasta que se solucione el embargo.

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