Autónomo - alta en mutua por cese de actividad: ¿Obligatorio?
Así las cosas, supongo que no podré acogerme a la ayuda por cese de actividad que al parecer van a cubrir las mutuas durante la crisis del coronavirus... Pero me surgen algunas dudas:
1. Nunca he recibido ningún aviso de la obligatoriedad de modificar mi alta para incluir estas dos coberturas, ni por supuesto ninguna multa (he leído que se considera infracción leve y la multa es de 60 a 625 €)... Y, por supuesto, todos los meses pago mi cuota de la Seguridad Social.
2. He investigado un poco y al parecer puedo modificar el alta e incluir las dos coberturas online en el sitio web de la Seguridad Social (tengo certificado). ¿Esto es así? Supongo que desde el momento en que envíe la modificación comenzará el proceso de enviarme la multa, ¿no? Pero también he leído que el alta no será efectiva hasta el año que viene... ¿Debería ponerme en contacto con Fremap antes de hacer nada?
3. Cuando modifique el alta, ¿aumentará la cuota que pago todos los meses?
4. Me gustaría saber el importe probable de la multa... ¿Y también si seré la única autónoma de España que se ha enterado de todo esto ahora?
Creo que esas son todas mis dudas...